Aprobado el Reglamento del Mutualismo Judicial
Aprobado el Reglamento del Mutualismo Judicial
Eliseo M. Martínez, socio director, Alicia Agüero, of counsel, y Juan Pablo Tejero, responsable del área procesal civil, mercantil y de acciones colectivas. (Imagen: cesión propia)
Real Decreto 1026/2011, de 15 de julio (BOE núm. 186, de 4 de agosto de 2011)
El régimen orgánico de la Mutualidad General Judicial establecido en el ya lejano Real Decreto 3283/1978, de 3 de noviembre, ha sido sustituido por el Real Decreto 1206/2006, de 20 de octubre, por el que se regulan la Composición y Funciones de los Órganos de Gobierno, Administración y Representación de la Mutualidad General Judicial, que ha dejado subsistentes las normas sobre personas protegidas, afiliación, cotización, contingencias y prestaciones y regímenes financiero y jurídico de la Mutualidad contenidas en aquella regulación de 1978, y que se actualizan ahora con el presente Reglamento, que determinará la derogación, ya en su totalidad, del anterior.
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