Connect with us
Jurisprudencia

Despido disciplinario para una empleada por insultar mediante el correo electrónico corporativo a sus compañeros

(Foto: Archivo)


Jurisprudencia

Despido disciplinario para una empleada por insultar mediante el correo electrónico corporativo a sus compañeros

(Foto: Archivo)

 Los hechos se cometieron en horario laboral y a través del correo electrónico, medio de comunicación que la empresa pone a disposición de los trabajadores, lo que permite calificar la conducta como un incumplimiento grave y culpable.

 La trabajadora fue despedida por enviar, de forma masiva, correos electrónicos de alto contenido ofensivo en relación a compañeros de trabajos y a sus superiores, en comentarios realizados o recibidos directamente o por estar copiados, que o bien se emiten o bien se asumen con tácita aquiescencia de compartirlos, demuestra un comportamiento continuado de descalificación, menosprecio, falta de consideración, y atentado contra dignidad de sus superiores y compañeros.

Global IA

 La empresa tuvo conocimiento de dichos comunicados mediante la extracción del servidor de un importante número de correos «sin asunto», o «RE:» o «RV:» en los que la despedida mantenía conversaciones con otro empleado al que se le estaba investigando.

MFL ITTI

 En consecuencia con todo ello, el TSJ declara procedente el despido disciplinario, sin derecho a indemnización ni a salarios de tramitación, por falta laboral muy grave prevista en el Convenio Colectivo aplicable, que considera como tal los malos tratos de palabra u obra o falta grave de respeto y consideración a los jefes, compañeros o subordinados.

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Sala de lo Social. NºSentencia 3963/2015, de 16 Junio. NºRecurso 2344/2015

  • telegram
Click para comentar

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

SUSCRÍBETE A NUESTRA NEWSLETTER

  • tiktok

Copyright © 2025 , powered by Economist & Jurist.