Vulneración de derechos fundamentales, por cuanto la empresa extinguió unilateralmente el contrato como penalización por la negativa del sindicato
Vulneración de derechos fundamentales, por cuanto la empresa extinguió unilateralmente el contrato como penalización por la negativa del sindicato
Sentencia de la Audiencia Nacional, Sala de lo Social, del 16 de octubre de 2015.
Pretendiéndose que la empresa demandada ha vulnerado el derecho a la libertad sindical y a no ser discriminado por razones de orientación sindical, porque la empresa extinguió unilateralmente, sin someterse al procedimiento pactado, un acuerdo de mejora de derechos sindicales, se desestiman las excepciones de incompetencia de jurisdicción, incompetencia objetiva de la Sala, acumulación indebida de acciones, falta de acción y falta de litisconsorcio pasivo necesario.
Se estima parcialmente la demanda, admitiendo que se han vulnerado los derechos fundamentales citados, por cuanto la empresa extinguió unilateralmente el contrato como penalización por la negativa del sindicato demandante a alcanzar acuerdos con la empresa, desencadenando, a continuación, una serie de medidas que han reducido radicalmente la acción sindical del sindicato demandante, sin que se haya probado que dichas medidas eran justificadas, razonables y proporcionadas.
Se ajustan las indemnizaciones por daños patrimoniales y morales de la Federación demandante y uno de los delegados institucionales de la misma y se desestima dicha pretensión para el otro delegado, puesto que fue despedido previamente, procediendo que reclame los daños patrimoniales y morales en el procedimiento de impugnación del despido.
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