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Jurisprudencia

La distancia del orden de alejamiento se mide por la distancia del trayecto recorrido y no por línea recta

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La distancia del orden de alejamiento se mide por la distancia del trayecto recorrido y no por línea recta



El acusado es absuelto de un delito de quebrantamiento de medida cautelar. Previamente tenía interpuesto una orden de alejamiento contra la denunciante, a una distancia de 200 metros. Sin embargo, quedó probado que el mismo se encontraba a 112,96 metros medidos en línea recta del domicilio de la denunciante.

El juez de lo Penal de primera instancia entiende que la distancia ha de medirse en relación al trayecto o recorrido y no en línea recta. Explicación que la Sala del Supremo reafirma al considerarla como “la solución más favorable al acusado”.



Analiza el fin de adoptar esta medida, “un espacio físico en el que se pretende garantizar que la víctima pueda circular y moverse con libertad sin la posibilidad de encontrarse físicamente con el autor de los hechos”, un espacio donde “se garantice la seguridad de la víctima y su tranquilidad, al objeto de desarrollar una actividad vital normalizada”.



Puede leer el texto completo de la sentencia www.globaleconomistjurist.com Marginal: 70853633 



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