El TSJC suspende de forma cautelar el acuerdo del Ayuntamiento de Lleida de prohibir el burka
El TSJC suspende de forma cautelar el acuerdo del Ayuntamiento de Lleida de prohibir el burka
Eliseo M. Martínez, socio director, Alicia Agüero, of counsel, y Juan Pablo Tejero, responsable del área procesal civil, mercantil y de acciones colectivas. (Imagen: cesión propia)
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha suspendido de forma cautelar el acuerdo del Ayuntamiento de Lleida de prohibir en edificios municipales el burka, el niqab y otras prendas que tapen el rostro hasta que haya sentencia sobre el recurso contra la prohibición que ha presentado la asociación musulmana Watani.
Recordemos que el Ayuntamiento de Lleida fue el primer consistorio en España en aprobar esta prohibición.
El Tribunal entiende que la suspensión cautelar del acuerdo no afecta al orden público, puesto que la obligación de todo ciudadano de identificarse a requerimiento de una autoridad o funcionario legitimado viene impuesta por la legislación vigente. Si finalmente el recurso se estimara, la aplicación del acuerdo del consistorio podría comportar perjuicios si no irreparables, en todo caso de muy difícil reparación para aquellas personas a las que se les impida el acceso a determinados espacios municipales como mercados, bibliotecas, medios de transporte o escuelas.
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