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Despachos y Abogados

Administrativando Abogados recurre el inventario de cauces de Confederación Hidrográfica del Guadalquivir al considerarlo una expoliación del Gobierno

Si la justicia llegase a calificar estas actuaciones como supuestos de expropiación 'de facto' o encubierta, podría conllevar la obligación de indemnizar a los propietarios afectados

Antonio Benítez Ostos y Elena Molino, letrados de Administrativando Abogados que están defendiendo este procedimiento. (Imagen: cesión propia)

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Despachos y Abogados

Administrativando Abogados recurre el inventario de cauces de Confederación Hidrográfica del Guadalquivir al considerarlo una expoliación del Gobierno

Si la justicia llegase a calificar estas actuaciones como supuestos de expropiación 'de facto' o encubierta, podría conllevar la obligación de indemnizar a los propietarios afectados

Antonio Benítez Ostos y Elena Molino, letrados de Administrativando Abogados que están defendiendo este procedimiento. (Imagen: cesión propia)

El Boletín Oficial del Estado (BOE n.º 19, de 21 de enero de 2026) ha publicado el anuncio de la Presidencia de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir relativo a la aprobación inicial del primer inventario de cauces públicos, en el marco de una iniciativa promovida por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Dicho instrumento administrativo tiene como finalidad la identificación y delimitación de los cauces naturales existentes dentro de la demarcación hidrográfica, con base en lo dispuesto en el artículo 240 bis del Reglamento del Dominio Público Hidráulico. Su elaboración se sustenta en la integración de cartografía catastral, información obtenida mediante trabajos de campo, así como referencias hidrológicas e históricas, en coordinación con la Ley 14/2010, de infraestructuras y servicios de información geográfica en España.

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Administrativando Abogados, boutique líder a nivel nacional en Derecho Administrativo y Contencioso–Administrativo, defiende a multitud de afectados en este procedimiento. Se encuentra preparando escrito de alegaciones y posterior recurso administrativo y contencioso–administrativo frente a la resolución definitiva que en su día dicte Confederación Hidrográfica.

Afectación al Dominio Público Hidráulico y cargas sobre la propiedad privada

La inclusión de determinados terrenos en el inventario comporta su integración en el Dominio Público Hidráulico (DPH), lo que implica la aplicación del régimen jurídico propio de este, incluyendo las correspondientes zonas de servidumbre y policía. Esta circunstancia conlleva limitaciones relevantes sobre las facultades dominicales de los titulares de fincas rústicas afectadas, particularmente en el ámbito agrario y medio ambiente.

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La principal controversia radica en que dicha incorporación se produciría sin la tramitación de un procedimiento expropiatorio formal ni el reconocimiento de indemnización, lo que ha suscitado un intenso debate jurídico sobre su adecuación al ordenamiento vigente.

(Imagen: Comunidad de Regantes Las Marismas del Guadalquivir)

Fundamentos de la estrategia jurídica de impugnación

Según expone el socio-director y fundador de Administrativando Abogados, Antonio Benítez Ostos, la actuación administrativa podría incurrir en diversas irregularidades de relevancia constitucional y administrativa:

“Nos encontramos ante un atropello sin precedentes a la propiedad privada por parte de la Administración General del Estado. La inclusión de fincas privadas en este inventario priva de facto a sus propietarios de derechos fundamentales, sin indemnización ni procedimiento expropiatorio. Prepararemos alegaciones con máxima contundencia y, si se desestiman, recurriremos ante los Tribunales de Justicia”.

La estrategia de defensa se articula en torno a los siguientes ejes:

  • La posible concurrencia de una vía de hecho administrativa, al margen del procedimiento legalmente establecido para la expropiación forzosa con justiprecio.
  • La eventual vulneración del principio de irretroactividad de las disposiciones restrictivas de derechos individuales, consagrado en el artículo 9.3 de la Constitución Española.
  • La existencia de una privación singular de facultades inherentes al derecho de propiedad sin cobertura legal suficiente.

Alcance jurídico y antecedentes normativos

Si bien el Texto Refundido de la Ley de Aguas de 2001 ya reconoce el carácter demanial de los cauces naturales, la configuración de un inventario cartográfico con efectos jurídicos directos e inmediatos sobre fincas privadas introduce un elemento novedoso en la práctica administrativa, especialmente en el contexto del sector agrario andaluz.

Asimismo, el propio anuncio publicado en el BOE señala que la no inclusión de un cauce en el inventario no determina su naturaleza privada, lo que incide en un escenario de potencial inseguridad jurídica para los titulares de fincas colindantes.

Previsible litigiosidad y efectos sistémicos

La aprobación definitiva del inventario y la eventual desestimación de las alegaciones formuladas previsiblemente darán lugar a un incremento significativo de la litigiosidad en la jurisdicción contencioso-administrativa.

En este sentido, un eventual pronunciamiento judicial que calificase estas actuaciones como supuestos de expropiación de facto o encubierta podría conllevar la obligación de indemnizar a los propietarios afectados, con un impacto económico relevante para la Administración General del Estado.

El desarrollo de este proceso se perfila, por tanto, como un posible punto de inflexión en la delimitación entre el dominio público hidráulico y el derecho de propiedad privada en España.

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