Carmen Varela, Abogados de Familia, incorpora un área de asesoramiento en activos digitales en su oferta de servicios
La iniciativa se pondrá en marcha en otoño para dar un servicio jurídico integral a familias y particulares

Carmen Varela, siempre innovando, introduce la gestión de los activos digitales como servicio a familias y particulares. (Imagen: cesión propia)
Carmen Varela, Abogados de Familia, incorpora un área de asesoramiento en activos digitales en su oferta de servicios
La iniciativa se pondrá en marcha en otoño para dar un servicio jurídico integral a familias y particulares

Carmen Varela, siempre innovando, introduce la gestión de los activos digitales como servicio a familias y particulares. (Imagen: cesión propia)
La vuelta al nuevo curso jurídico trae las primeras novedades en los despachos de abogados, siempre buscando mejorar su oferta de servicios de cara a sus clientes. La gestión de activos digitales se ha convertido en cuestión clave en la abogacía de los negocios, lo que ha hecho que firmas como ECIJA o Ceca Magán Abogados, entre otras, creasen distintas áreas para la gestión de dichos intangibles.
Ahora la iniciativa aterriza en la abogacía de Familia donde se gestionan grandes patrimonios, algunos de ellos digitales. En este contexto, el despacho Carmen Varela, Abogados de Familia, referente nacional e internacional en Derecho de Familia y sustracción internacional de menores, anuncia la creación de su nuevo Departamento de Familia y Activos Digitales, convirtiéndose en pionero en España en ofrecer un servicio jurídico integral en esta materia.
El bufete está liderado desde Barcelona por Carmen Varela y cuenta con un equipo multidisciplinar especializado en Derecho de Familia, sustracción internacional de menores, Derecho Penal-familiar y procesos de Familia internacionales.
Varela, letrada destacada en esta práctica y reconocida por su trayectoria académica y profesional, es presidenta de la Sección de Derecho de Familia del ICAB, vicepresidenta de ASIME, Presidenta de la Comisión de Intercambio de AIJUDEFA, entre otros cargos. Asimismo, es miembro de AEAFA, AMAFI, Plataforma Familia y Derecho, SCAF, UIA, Reunite e e IAFL.
Los activos digitales (criptomonedas, NFTs, cuentas online, monederos electrónicos, redes sociales o suscripciones digitales) forman ya parte del patrimonio personal y familiar. Sin embargo, en procesos de divorcio, sucesión o planificación patrimonial, estos bienes presentan enormes retos jurídicos y técnicos: identificación, valoración, transmisión y protección.
Con este nuevo departamento, el despacho liderado por Carmen Varela, socia directora y reconocida experta en Derecho de Familia internacional, responde a una necesidad creciente en la sociedad actual.
“Estamos convencidos de que el Derecho de Familia debe dar respuesta a los retos del siglo XXI. Si hace años lideramos en España la práctica en sustracción internacional de menores, hoy damos un paso más con este departamento. Nuestro objetivo es proteger a las familias en un mundo cada vez más digitalizado, con la misma visión global y el mismo rigor jurídico que caracteriza a nuestro despacho”, afirma su socia directora a Economist & Jurist.
El lanzamiento reafirma la vocación de esta boutique especializada en Derecho de Familia de anticiparse a las nuevas realidades sociales y jurídicas, consolidando su posición como despacho de referencia internacional en Derecho de Familia complejo.
En cuanto a los servicios que ofrecerá este nuevo departamento, Varela confirma que esta práctica de Familia y activos digitales ofrecerá, en el momento de su puesta marcha, asesoramiento en divorcios y liquidación de sociedades conyugales con criptomonedas y otros activos digitales.
Junto a ello también los abogados del despacho abordarán la gestión de herencias digitales: transmisión de claves, monederos, cuentas y derechos online, así como una consultoría en planificación patrimonial preventiva y la colaboración con peritos especializados en blockchain y tecnología financiera.

La gestión de patrimonios digitales de cualquier índole también hay que repartirlos en caso de divorcio y separación. (Imagen: E&J)
Activos digitales en alza
Sobre la gestión de patrimonios activos digitales, esta abogada ya había escrito recientemente un artículo sobre esta materia en E&J, en el que ahondaba en el desarrollo de esta actividad y, entre otras cuestiones, distinguía dos tipologías de patrimonios digitales.
“En primer lugar, el patrimonio digital con valor económico incluye activos intangibles que pueden generar rendimientos, ser comercializados o transmitidos como cualquier otro bien patrimonial. Entre estos activos se encuentran las criptomonedas, tales como Bitcoin, Ethereum y otros tokens digitales, los cuales poseen un valor fluctuante y pueden ser adquiridos, vendidos, intercambiados o utilizados como medio de pago. Asimismo, se incluyen las cuentas en plataformas de pago electrónico, como PayPal, Revolut y Binance, que, al contener fondos o activos monetarios, se consideran bienes patrimoniales cuyo valor depende del saldo disponible, la liquidez y la accesibilidad”.
Además, forman parte de este patrimonio los ingresos derivados de la actividad digital en plataformas como YouTube, OnlyFans, Twitch y Substack, las cuales permiten monetizar contenido o interacción en línea. “Las tiendas en línea, marcas registradas digitalmente, dominios web y sitios monetizados también integran este patrimonio, dado que tienen un valor de mercado y generan ingresos recurrentes. Finalmente, se contemplan los contratos de licencias, derechos de autor digitales, NFTs y otros bienes tokenizados, los cuales representan activos valiosos en el mercado digital y poseen el potencial de generar beneficios económicos”, señala Varela.
Por otro lado, hablaba del patrimonio digital con valor personal o sentimental que incluye aquellos elementos digitales que no necesariamente generan ingresos, pero que poseen un valor emocional o afectivo y que pueden ser objeto de transmisión mortis causa.
“Este tipo de patrimonio incluye fotografías, vídeos, mensajes, diarios personales o blogs almacenados en la nube, en plataformas como Google Drive, Dropbox o iCloud. También forman parte de este patrimonio las cuentas de redes sociales como Instagram, TikTok o Facebook, así como sus contenidos”. Además, los correos electrónicos personales y los archivos adjuntos forman parte del patrimonio digital, cuya transmisión puede ser relevante para los familiares o seres queridos del fallecido.
Otra cuestión que aclara Carmen Varela es que a nivel jurisprudencial, “a pesar de las dificultades, la jurisprudencia en España permite el embargo de cuentas PayPal o criptomonedas si se prueba su existencia y se tienen los medios técnicos adecuados”.
En el caso de PayPal, se puede acceder a la cuenta mediante una orden judicial y rastrear sus movimientos. Para las criptomonedas, se utilizan herramientas como Etherscan o Chainalysis para rastrear transacciones y direcciones, y se puede solicitar a las plataformas de intercambio que congelen la cuenta con una orden judicial.
Esta experta indica que “algunas resoluciones de Audiencias Provinciales han reconocido que los bienes digitales (aunque estén alojados en plataformas extranjeras o en la nube) pueden formar parte del inventario de bienes gananciales, y han admitido la inclusión de derechos digitales en procedimientos de división de herencia”.
“También se ha desarrollado una doctrina en torno al testamento digital, la función de los albaceas digitales, y el derecho de los herederos a acceder a contenidos digitales protegidos bajo el artículo 96 de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD). Esta norma, si bien no desarrolla exhaustivamente el derecho sucesorio digital, permite a los herederos reclamar el acceso o la eliminación de perfiles y archivos, respetando los deseos del causante y salvaguardando los derechos de terceros”, revela Carmen Varela.
