Cumbre mundial fiscal de Ashurst en España: las empresas europeas no son tan competitivas como las de EE.UU.
El grupo de abogados fiscal de EMEA y EE.UU., dirigido por el abogado Eduardo Gracia, mantiene un encuentro de trabajo en Segovia para unificar planteamientos de la práctica

Medio centenar de abogados expertos en fiscalidad de Ashurst de EMEA y EE.UU. se han reunido en España para analizar la problemática actual de la tributación. (Imagen: Ashurst)
Cumbre mundial fiscal de Ashurst en España: las empresas europeas no son tan competitivas como las de EE.UU.
El grupo de abogados fiscal de EMEA y EE.UU., dirigido por el abogado Eduardo Gracia, mantiene un encuentro de trabajo en Segovia para unificar planteamientos de la práctica

Medio centenar de abogados expertos en fiscalidad de Ashurst de EMEA y EE.UU. se han reunido en España para analizar la problemática actual de la tributación. (Imagen: Ashurst)
Como viene siendo habitual, al menos una vez al año el grupo de abogados de la práctica fiscal de la firma internacional Ashurst en Europa, Oriente Medio y África (EMEA) y EE.UU., formada por medio centenar de abogados y dirigido por el español Eduardo Gracia, mantuvo su reunión de trabajo anual, en esta ocasión en Segovia.
En los últimos años es la tercera vez que los integrantes de esta práctica acuden a nuestro país para hacer análisis de lo realizado durante el año y buscar nuevas fórmulas de colaboración.
Para Eduardo Gracia, —abogado con el que Economist & Jurist habló recientemente sobre los impuestos que reducen el atractivo fiscal de nuestro país—, “tras las reuniones de El Escorial y Málaga, en esta ocasión la reunión de trabajo fue en Segovia. Resultó muy útil para intercambiar opiniones y fijar criterios sobre temas comunes. Lo que más preocupa a profesionales como los nuestros y a las propias empresas es la cada vez más creciente complejidad de la normativa en Europa que hace que sea muy complicado aplicarla e interpretarla. Es una tendencia común que se observa en todos los países de la Unión Europea, más Inglaterra y Estados Unidos”.
Gracia se ha especializado en asuntos tributarios de M&A, inmobiliario, project finance y distressed debt, así como en fiscalidad española, de la Unión Europea e internacional de las empresas, precios de transferencia, IVA y otros impuestos indirectos.
A lo largo de su carrera profesional ha asesorado a un amplio número de empresas españolas e internacionales, fondos de inversión e instituciones financieras sobre planificación fiscal y estructuración de inversiones en España. También ha asesorado a empresas españolas en la planificación de sus inversiones en el exterior y en la restructuración de empresas multinacionales.

Eduardo Gracia es uno de los primeros socios de Ashurst en la oficina de Madrid y lleva 10 años como responsable de fiscalidad de esta área EMEA y EE.UU. (Imagen: Ashurst)
Al mismo tiempo cuenta con amplia experiencia en la resolución de conflictos tributarios, abarcando todos los servicios desde su prevención hasta la representación de sus clientes en los tribunales. Ha sido el representante español del sector privado en el Foro Conjunto de la Unión Europea sobre Precios de Transferencia desde su constitución en 2002 hasta 2015.
A juicio de este experto “esta tendencia es últimamente más europea que americana, porque en EE.UU. el Gobierno de Donald Trump está intentando simplificar las cosas. Al mismo tiempo, la Comisión Europea ha anunciado un proyecto de simplificación normativa, veremos en que acaba. A nivel fiscal hace falta esa simplificación. De hecho, la última normativa de Pilar 2 “es muy compleja y difícil de interpretar para la inmensa mayoría de las empresas. Esta normativa lo que intenta es crear un impuesto efectivo mínimo del 15% a los beneficios obtenidos por grandes multinacionales en el mundo”.
Un tributo común mínimo
Se trata por tanto “que como mínimo se tribute un 15% con independencia de donde hayas obtenido el beneficio. Esto va a afectar a las empresas europeas, por tanto, cada vez que tengan un beneficio en cualquier parte del mundo tienen que garantizar que ese beneficio va a estar sometido como mínimo a ese impuesto del 15%, ya sea donde se origina el beneficio, y sino en otro territorio donde esté establecida la multinacional europea. Ahí nuestro papel como abogados fiscalistas es de identificar los supuestos en los que dichas empresas deben o no deben cumplir dicha normativa. Estar dentro supone cumplir con una serie de obligaciones de reportes muy complejas”.
La puesta en marcha de Pilar 2 es inminente, pero como señala Eduardo Gracia “EE.UU. no se ha unido en esa iniciativa, ellos quieren que sus beneficios queden excluidos de este mecanismo de gravamen mundial, lo que añade más complejidad a la situación y genera menos competitividad a la empresa europea en comparación con otras de su entorno. Esta normativa hace que las compañía europeas queden en peor situación respecto a los beneficios globales en cuanto a las multinacionales americanas”.
El otro gran tema que preocupa a esos abogados de Ashurst es “la creciente agresividad de las Haciendas europeas frente a los contribuyentes. Cada vez hay más actas y más controversias tributarias en tribunales en todos los países de Europa. En países como EE.UU., Francia e Inglaterra se han puesto en marcha mecanismos de negociación para evitar tener que acudir a los tribunales, cuestión que falta en nuestro país, desgraciadamente, uno de los más activos en litigiosidad con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) como protagonista en muchos de estos casos. De hecho, es uno de los países con más casos en tribunales en la actualidad”.
Para Gracia “habría que seguir el ejemplo de otros países, junto a los ya citados de EE.UU. e Inglaterra, como es el caso de Francia o Alemania que buscan activamente el acuerdo, la transacción y que no se vaya a tribunales. Ellos han creado mecanismos para llegar acuerdos y transar cualquier controversia para frenar que haya más litigiosidad. Otra cosa que llamó la atención a nuestros compañeros europeos es que en España los inspectores tienen un sistema retributivo con un variable en función de las actas que emiten, que lo que hace es fomentar la litigiosidad de manera notable”.

Abogados de todos los continentes disfrutaron también del entorno de Segovia, lugar de reunión y de su gastronomía. (Imagen: Ashurst)
Una práctica clave en la firma
La práctica fiscal de Ashurst es una de las principales de la firma. Sus abogados trabajan con otros profesionales en equipos transversales cuando hay una operación de compra y venta de empresa o alguna reestructuración empresarial de calado, donde la parte tributaria es fundamental controlarla para que la operación se pueda llevar a buen término. Junto a estos temas empresariales están las actividades de planificación que demandan muchas multinacionales, presentes en distintos países con legislación diferente y que al contar con la red de despachos de Ashurst les da servicio”.
En España esta práctica ha crecido de la mano de Gracia, uno de los primeros abogados que llego a Ashurst y se convirtió en socio de este despacho internacional. Esta área se ha convertido en una de las principales áreas de trabajo de la firma con un porcentaje estimado del total de la facturación del 20%. En la actualidad el equipo está formado por 10 profesionales, uno de los más grandes de los despachos internacionales ubicados en nuestro país. Junto con Eduardo Gracia, Javier Hernández y Ricardo García son los otros dos socios de fiscal.
En este encuentro profesional se comentó, y mucho, la propuesta del PSOE para agilizar el mercado de la vivienda. Para Gracia “la medida más llamativa de todas es ese gravamen especial que se quiere incluir del 100% del precio del inmueble cuando vaya a adquirirlo un no residente no comunitario en España”.
En su opinión, como la de otros muchos juristas expertos en derecho fiscal y comunitario, “esta cuestión es contraria a la libre circulación de capitales, aunque afecte a no residentes de terceros países, como es este caso. La jurisprudencia de la Unión Europea deja claro que esa libre circulación beneficia a todos, incluidos inversores no europeos que proceden de otros países, como pudieran ser Inglaterra o de otras jurisdicciones”.
Desde esta perspectiva, este experto aclara que la UE deja claro que “no se puede establecer barreras de entrada que les impidan ejercer esa libertad. Imponer como quiere el Gobierno un 100% de impuestos en este tipo de inmuebles es una clara barrera de entrada que no parece justificada por motivos de interés general, porque la cuestión no se limita solo a la vivienda, sino que afecta a la compra de cualquier inmueble, aunque sea un hotel”.
A su juicio dicha medida es “es algo desproporcionada como puede verse y tal como se ha diseñado la medida va ir contra el mercado inmobiliario español. Si eso se aplica podríamos sufrir una deflación del mercado inmobiliario”, comenta el propio Eduardo Gracia.
