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Al día

Accidente de circulación: colisión en cadena.


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Accidente de circulación: colisión en cadena.

Premio emotivo el que la decana de los Registradores, María Emilia Adán, entregó a representantes de los abogados, notarios, procuradores y miembros del TSJ de Valencia por su labor impagable durante la DANA. (Imagen: ACIJUR)

Los elementos probatorios aportados al proceso no permiten determinar, en modo alguno, la cadena causal que determinó la producción del alcance trasero del vehículo propiedad de la actora; debe afirmarse la responsabilidad solidaria de las entidades aseguradoras demandadas, por cuanto es innegable que la conducta de los respectivos conductores de los vehículos por ellas asegurados pudieron tener incidencia en el desencadenamiento causal del incidente vial objeto del litigio y, por tanto, pudieron contribuir a su resultado.
Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, de 12 de diciembre de 2006, nº recurso 383/2006. Ponente Don Angel Luis Sobrino Blanco. A FAVOR DE: PERJUDICIADO. Base de datos Economist & Jurist, marginal 287236

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