Actos de disposición del quebrado: nulidad. Recurso extraordinario por infracción procesal.
Actos de disposición del quebrado: nulidad. Recurso extraordinario por infracción procesal.
(Imagen: E&J)
Ha de conocer el Juez territorialmente competente, aunque no lleve la quiebra.
La pretensión de nulidad en base a lo dispuesto en el art. 878.II del Código de Comercio, se ha de sustanciar en el juicio declarativo que corresponda a la cuantía, ante el Juez territorialmente competente, sin perjuicio de que no conozca del procedimiento de quiebra, aplicando, en definitiva, la previsión del art. 1377 LEC de 1881.
Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, de 30 de septiembre de 2008, nº recurso 512/2002. Ponente Don Vicente Luis Montes Penades.
...
Prisión para un padre que se quedó con la indemnización concedida a su hijo tras el fallecimiento de la progenitora
Ver la noticia completa →
Nulo el despido de una trabajadora por ir a hacer la compra mientras se encontraba de baja médica por haber sufrido un infarto cerebral
Ver la noticia completa →




