Anulados los arts 323.1, 2 y 3, y 324 del Reglamento del Registro Mercantil.
Anulados los arts 323.1, 2 y 3, y 324 del Reglamento del Registro Mercantil.
Antonio Benítez Ostos y Adela Merino León, socio director y asociada senior, respectivamente, de Administrativando Abogados. (Imagen: cesión propia)
SENTENCIA de 28 de marzo de 2007, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se anulan los arts. 323.1, 2 y 3 y 324 del Reglamento del Registro Mercantil en la redacción dada por el artículo 10 del Real Decreto 685/2005, de 10 de junio, sobre publicidad de resoluciones concursales, el artículo 4.1, en el particular relativo a la Sección Segunda del portal referido a `liquidadores y apoderados inhabilitados«, el artículo 9.1.b), último inciso desde las palabras `y que hayan de publicarse en el portal« hasta el final y el artículo 9.3, disposición adicional única, transitoria única y final segunda en cuanto se refieren al portal previsto en el art. 324 del Reglamento del Registro Mercantil.
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