Connect with us
Al día

CANON DIGITAL: NO PROCEDE SU ABONO SI LA COMPRA DEL SOPORTE LO ES PARA LA GRABACIÓN DE UN ACTO JUDICIAL.

Tiempo de lectura: < 1 min

Publicado




Al día

CANON DIGITAL: NO PROCEDE SU ABONO SI LA COMPRA DEL SOPORTE LO ES PARA LA GRABACIÓN DE UN ACTO JUDICIAL.

Siro López en el directo, en su canal de Twitch, en el que haría "estallar" el caso. (IMAGEN: TWITCH)



La compra de un concreto disco a los fines de la grabación de un acto judicial público ordenada legalmente no es incluible en el supuesto fáctico que establece el Art. 25 de la Ley de Propiedad Intelectual. La presunción de existencia de la reproducción de «obra de autor´´ que se deduce de la compra del soporte adecuado para ello, es presunción «iuris tantum´´ que es posible destruir si se declara probado  que la compra obedeció a otra causa que excluiría en sí misma la aplicación del canon.


 




Sentencia de la Audiencia Provincial de Málaga, de 19 de septiembre de 2006, nº recurso 267/2006, Ponente Don Hipólito Hernández Barea. A FAVOR DE: RECURRENTE EN APELACION.



Última hora jurídica



Recibe nuestra newsletter de forma gratuita