La norma comienza su Capitulo I con una serie de medidas de impulso de la contratación indefinida, entre ellas, el establecimiento de bonificaciones en la cuota empresarial a la Seguridad Social por la contratación de trabajadores pertenecientes a alguno de estos sectores: mujeres en general, mujeres que sean contramatadas en los veinticuatro meses siguientes a la fecha del parto, o de la adopción o acogimiento tanto preadoptivo como permanente; mujeres que se reincorporen al empleo después de cinco años de inactividad laboral; mayores de cuarenta y cinco años; jóvenes de dieciséis a treinta años y trabajadores inscritos como desempleados interrumpidamente en la oficina de empleo durante, al menos, seis meses. Igualmente se contemplan bonificaciones por la conversión de contratos de duración determinada o temporal en fijos.
De otro lado, el real decreto ley modifica texto legales como: la Ley 12/2001, de 9 de julio, de medidas urgentes de reforma del mercado de trabajo para el incremento del empleo y la mejora de su calidad; la ley 30/2005, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2006; el texto refundido de la Ley del estatuto de los trabajadores, aprobado por Real Decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo; la ley 14/1994, de 1 de junio, por la que se regulan las empresas de trabajo temporal; el texto refundido de la ley sobre infracciones y sanciones en el orden social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto; el texto refundido de la Ley general de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio.
Es importante ver la disposición derogatoria única que afecta a varios texto legales.