Inadmisión de recurso por extemporáneo: instrucción errónea
Inadmisión de recurso por extemporáneo: instrucción errónea
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En particular, sobre la decisión judicial de inadmisión por extemporaneidad, este Tribunal ha destacado que si bien la aplicación de los plazos de prescripción y de caducidad es una cuestión de mera legalidad ordinaria, nada impide que adquiera una dimensión constitucional cuando resulte arbitraria, irrazonable o incursa en error patente. Se ha hecho especial incidencia en que si dicha decisión, además, supone cerrar la posibilidad de obtener una primera resolución judicial sobre el fondo, también adquiere relevancia constitucional cuando sea el resultado de una interpretación y aplicación legal que por su rigorismo, formalismo excesivo o desproporción entre los fines que preservan y la consecuencia de cierre del proceso, se conviertan en un obstáculo injustificado para resolver sobre la pretensión deducida
No resulta razonable exigir a la parte que contravenga o salve por sí misma la instrucción o información de recursos consignada, aunque ésta pueda resultar o resulte errónea.
Sentencia del Tribunal Constitucional, de 25 de septiembre de 2006, nº 274/2006. Ponente Don Pablo Perez Tremps. A FAVOR DE: COMUNIDAD DE PROPIETARIOS RECURRENTE. Base de datos Economist & Jurist, Jurisprudencia Constitucional, marginal 280278
Garzón, quien fue expulsado de la carrera judicial por el TS, analiza sin el menor rubor el ‘lawfare’ en la Universidad de La Laguna
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