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Intervenciones telefónicas: finalidad

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Intervenciones telefónicas: finalidad

Siro López, en exclusiva, ha atendido a Economist & Jurist, la casa del derecho. (IMAGEN: E&J)



La decisión de intervenir los teléfonos de personas, busca el momento apto para alcanzar los máximos objetivos de la investigación programada. La policía debe descubrir y desenmascarar a todas y cada una de las personas implicadas en la trama, procurar obtener pruebas incriminatorias que justifiquen su detención y puesta a disposición de la autoridad judicial y puedan servir de material preprobatorio en un futuro juicio. En el caso de autos, la intervención se encuentra plenamente justificada, dado que, a través de ella, se pudo descubrir el verdadero número de participes y las pruebas que les implicaban.

Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo penal, de 22 de febrero de 2007, nº recurso 10802/2007.Ponente Don Jose Ramón Soriano Soriano. A FAVOR DE: MINISTERIO FISCAL. Base de datos Economist & Jurist, Marginal 286514.



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