Las certificaciones de nacimiento y matrimonio ya se pueden tramitar electrónicamente
Las certificaciones de nacimiento y matrimonio ya se pueden tramitar electrónicamente
Jorge Navarro cree que el tema del consentimiento que tuviera Begoña Gómez es clave para saber si hay apropiación indebida o intrusismo. (IMAGEN: Molins Derecho Penal)
Resolución de 27 de mayo de 2011, de la Dirección General de los Registros y del Notariado (BOE núm. 129, de 31 de mayo de 2011)
La presente Resolución se enmarca dentro de las actuaciones del Ministerio de Justicia de mejoras normativas dirigidas al fomento de las nuevas tecnologías de la información y de las comunicaciones en el funcionamiento de los Registros Civiles. Se pretende reducir cargas administrativas, mediante el uso de nuevas tecnologías que faciliten al ciudadano la obtención de certificaciones por medios electrónicos de los datos registrales del nacimiento y del matrimonio.
En la presente Resolución se regula el procedimiento para la tramitación telemática de certificaciones de nacimiento y matrimonio con sello electrónico cuya expedición es simultánea o automática, cuando el solicitante sea el titular inscrito y siempre que acredite su identidad mediante los sistemas de firma electrónica incorporados al Documento Nacional de Identidad o los sistemas de firma electrónica avanzada admitidos por las Administraciones Públicas.
Podrán solicitarse aquellas certificaciones de nacimiento y de matrimonio de asientos registrales practicados en los Registros Civiles desde 1950 y que no se hayan realizado en los Juzgados de paz.
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