Los órganos de Gobierno de los bufetes
Los órganos de Gobierno de los bufetes
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Existe una amplia variedad de sistemas de gobierno de los despachos profesionales, aun cuando podemos afirmar que dichos órganos son comúnmente los siguientes:
1º El Consejo de Socios: aprueba las decisiones importantes de política del despacho, como fusiones, nuevos socios y supervisa y controla las actividades de la rama ejecutiva. Buscando un símil en el ámbito societario, sería la Junta general de socios o accionistas de las compañías mercantiles
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2º .-. El socio gerente: elegido por el Consejo, dedica normalmente más del 50 % de su tiempo a funciones ejecutivas, resolviendo los conflictos de los socios individuales y ejecutando las decisiones del Consejo. Sería el Consejero Delegado de la empresa
3º .- El Director: mano derecha del gerente, que realiza funciones analíticas y trabajos administrativos delegados por el gerente.
4º .- Comité ejecutivo: Formado por el socio gerente y los jefes de unidad o responsables de un departamento o especialidad que gestionan el día a día del despacho
5º .- Comisión de remuneración: formado por el comité ejecutivo o parte de él y otros miembros adicionales elegidos por el consejo o por el propio comité ejecutivo
Garzón, quien fue expulsado de la carrera judicial por el TS, analiza sin el menor rubor el ‘lawfare’ en la Universidad de La Laguna
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Condenada a pagar las costas por demandar a la entidad financiera a pesar de que ésta había aceptado la reclamación extrajudicial
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