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Al día

Mala fe procesal: solicitud de asistencia jurídica gratuita para dilatar el proceso.

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Mala fe procesal: solicitud de asistencia jurídica gratuita para dilatar el proceso.

(Imagen: E&J)



Si bien antes de celebrarse cualquier señalamiento debe resolverse sobre la solicitud de suspensión que puedan haber formulado previamente cualquiera de las partes, el litigante que pida el aplazamiento de un acto procesal y que, viendo como se acerca el día señalado, no recibe respuesta alguna, tiene la carga de una diligencia elemental en cualquier negocio y en definitiva no puede desentenderse de la cuestión, absteniéndose de efectuar las gestiones precisas para averiguar si su petición ha sido atendida o no, dejando pasar el día del señalamiento sin comparecer como si la suspensión le hubiera sido concedida, no pudiendo alegar indefensión quien con su actitud pasiva o negligente ha contribuido a su producción.

El derecho de defensa y asistencia letrada debe compatibilizarse también con el derecho de la parte contraria a un proceso sin dilaciones indebidas, por lo que cuando la solicitud de letrado de oficio se formule con el exclusivo propósito de dilatar la duración normal del procedimiento y retrasar así la decisión final del proceso, y se muestre claramente innecesaria, de forma que no se encuentre su justificación en el derecho de defensa sino en el manifiesto abuso de derecho o fraude de ley, los órganos judiciales, razonándolo debidamente, pueden rechazar las solicitudes de asistencia letrada abusivas o injustificadas, de conformidad con lo previsto en el art. 11.2 de la LOPJ.



Sentencia de la Audiencia Provincial de Tarragona, de 12 de enero de 2006, nº recurso 445/2005. Ponente Don Jose Luis Portugal Sainz. Base de datos Economist & Jurist, Avance de Jurisprudencia.