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Minuta de Letrado: Procedencia de impugnación de costas por excesivas


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Minuta de Letrado: Procedencia de impugnación de costas por excesivas

La secretaria general de la Abogacía, Encarna Orduna, en el lado izdo., recibe a la delegación de la Comisión de Venecia compuesta por su vicepresidenta Marta Cartabia, el jefe de división, Taras Pashuk, y los miembros Regina Kiener, François Séners y Simona Granata-Menghini. (Imagen: Abogacía Española)

 

En cuanto a la impugnación por excesivas de la tasación de costas en lo que se refiere a la minuta del Letrado Sr. Esteban , ha de tenerse en cuenta que, independientemente de la conformidad de la misma a las Normas Orientadoras del Colegio de Abogados, los honorarios minutados han de cuantificarse en función del trabajo efectivamente desarrollado (contestación a un recurso de casación plantaeado por la contraria en base a un únicoi motiovo) y la importancia del asunto, conforme a doctrina reiterada de la Sala, lo que conduce a entender que en el presente caso el importe de dichos honorarios deben cuantificarse en la suma de 6.000 euros en lugar de los 9.000 euros recogidos en la tasación de costas.

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MFL ITTI

Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sentencia de 10/11/2004, Base de Datos Economist & Jurist Jurisprudencia Contencioso Administrativo Marginal 189783

 

 

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