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NULIDAD DE JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS


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NULIDAD DE JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS

La secretaria general de la Abogacía, Encarna Orduna, en el lado izdo., recibe a la delegación de la Comisión de Venecia compuesta por su vicepresidenta Marta Cartabia, el jefe de división, Taras Pashuk, y los miembros Regina Kiener, François Séners y Simona Granata-Menghini. (Imagen: Abogacía Española)

 

Hechos: La Junta se celebró el 12 de julio, cuando el último día era el 30 de junio(6 meses después del cierre del ejercicio)

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Cuando la Junta Ordinaria no se ha celebrado en el plazo de seis meses, como es el del caso, sólo cabe convocarla judicialmente, sin que ya sea dable la reunión extrajudicial para tratar de los extremos llevados en el artículo 95 de la Ley vigente. Por tanto, es nula la Junta General Ordinaria celebrada después de los seis primeros meses del ejercicio social, no estando facultada la Junta General Extraordinaria para la aprobación del balance y cuenta del ejercicio anterior

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