Publicidad de las resoluciones concursales
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(Imagen: F1)
La publicidad de las resoluciones judiciales previstas en el artículo 198 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, se realizará a través del registro mercantil, si la resolución fuera inscribible en éste, y a través de un portal de Internet bajo la responsabilidad del Ministerio de Justicia.
Una abogada con 26 años de antigüedad es despedida por teletrabajar nueve días en agosto sin autorización de la empresa
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Procedente el despido de un trabajador por usar la IA y aprovechar su jornada laboral y los recursos de la empresa para prestar servicios para otras compañías
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