Publicidad de las resoluciones concursales
Publicidad de las resoluciones concursales
(Imagen: E&J)
La publicidad de las resoluciones judiciales previstas en el artículo 198 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, se realizará a través del registro mercantil, si la resolución fuera inscribible en éste, y a través de un portal de Internet bajo la responsabilidad del Ministerio de Justicia.