RESIDENTES TITULARES DE CUENTAS EN EL EXTRANJERO
RESIDENTES TITULARES DE CUENTAS EN EL EXTRANJERO
La presente Circular regula obligaciones de información relativas a una serie de operaciones que realicen las personas físicas o jurídicas residentes, así como todo lo concerniente a la apertura, cancelación o modificación de cuentas; cobros, pagos y transferencias realizados mediante abonos y adeudos en las cuentas; periodicidad y excepciones a la obligación de información o el envío de la información al Departamento de Balanza de pagos del Banco de España, mediante la presentación de los formularios correspondientes que figuran en el Anexo I que acompaña a la citada Circular.