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RESIDENTES TITULARES DE CUENTAS EN EL EXTRANJERO

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RESIDENTES TITULARES DE CUENTAS EN EL EXTRANJERO



La presente Circular regula obligaciones de información relativas a una serie de operaciones que realicen las personas físicas o jurídicas residentes, así como todo lo concerniente a la apertura, cancelación o modificación de cuentas; cobros, pagos y transferencias realizados mediante abonos y adeudos en las cuentas; periodicidad y excepciones a la obligación de información o el envío de la información al Departamento de Balanza de pagos  del Banco de España, mediante la presentación de los formularios correspondientes que figuran en el Anexo I que acompaña a la citada Circular.

 



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