Se suscribe un convenio especial para los discapacitados con dificultades de inserción laboral, sin necesidad de período de cotización previo a la Seguridad Social
Se suscribe un convenio especial para los discapacitados con dificultades de inserción laboral, sin necesidad de período de cotización previo a la Seguridad Social
Real Decreto 156/2013, de 1 de marzo, por el que se regula la suscripción de convenio especial por las personas con discapacidad que tengan especiales dificultades de inserción laboral. (BOE núm. 53, de 2 de marzo de 2013)
El apartado 3 de la disposición adicional segunda de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, encomienda al Gobierno la regulación de una nueva modalidad de convenio especial a suscribir por las personas con discapacidad que tengan especiales dificultades de inserción laboral, a efectos de la cobertura de las prestaciones por jubilación y por muerte y supervivencia.
Mediante este real decreto se procede a regular las condiciones de inclusión en la Seguridad Social del citado colectivo, a través del instituto jurídico del convenio especial, delimitando el ámbito de aplicación de éste y fijando sus características y especialidades en materia de procedimiento, efectos, acción protectora y cotización.
En su proceso de elaboración, el real decreto ha sido sometido a consulta de las organizaciones representativas de las personas con discapacidad y sus familias, tanto a través del Consejo Nacional de la Discapacidad como de forma directa, al amparo del artículo 24.1.c) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.
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