Balón de oxígeno para el sector eléctrico, el Gobierno tramita por vía Real Decreto Urgente nuevas medidas de refuerzo
Se abrirá un plazo de alegaciones hasta el 11 de agosto y se recupera la mayor parte de medidas sobre almacenamiento que estaban en el derogado RD Ley 7/2025

Sara Aagesen, ministra de transición ecológica, ha logrado tramitar un nuevo Real Decreto de apoyo al sector eléctrico tras el apagón de abril. (Imagen: Verónica Povedano, Congreso de los Diputados)
Balón de oxígeno para el sector eléctrico, el Gobierno tramita por vía Real Decreto Urgente nuevas medidas de refuerzo
Se abrirá un plazo de alegaciones hasta el 11 de agosto y se recupera la mayor parte de medidas sobre almacenamiento que estaban en el derogado RD Ley 7/2025

Sara Aagesen, ministra de transición ecológica, ha logrado tramitar un nuevo Real Decreto de apoyo al sector eléctrico tras el apagón de abril. (Imagen: Verónica Povedano, Congreso de los Diputados)
El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) inicia la tramitación, por la vía de urgencia y acortando plazos, de la propuesta de Real Decreto por el que se aprueban determinadas medidas urgentes para el refuerzo del sistema eléctrico, que puede consultarse, una vez tumbado hace unos días el Real Decreto Ley 7/2025 en el Congreso.
En este contexto, el Consejo de Ministros ha autorizado a la vicepresidenta tercera, Sara Aagesen, para que tramite por la vía de urgencia un decreto que permitirá que salgan adelante medidas para evitar la especulación con los puntos de acceso a la red de distribución, para agilizar la repotenciación de los parques renovables y, en particular, la instalación de almacenamiento, y acortar los plazos para que las distribuidoras atiendan nuevas demandas, como infraestructuras de recarga de coches eléctricos.
En primer lugar, incorpora medidas de supervisión y control dirigidas al cumplimiento de las obligaciones por parte del conjunto de agentes del sector eléctrico. Así, para reforzar la gestión técnica del sistema, se propone potenciar las funciones de supervisión de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, que deberá evaluar las obligaciones de control de tensión de los sujetos obligados a prestar el servicio y elaborar el informe correspondiente, que actualizará cada tres meses.
Por otro lado, se encomienda al Operador del Sistema –Red Eléctrica– elaborar propuestas de modificaciones normativas sobre las respuestas frente a las oscilaciones de potencia, sobre la velocidad de variación de tensiones, sobre la programación de las restricciones técnicas y sobre otros elementos técnicos que contribuyen a fortalecer la seguridad del sistema.
Por su parte, la Fundación de Estudios de Economía Aplicada (Fedea) ha llamado al consenso político para aprobar medidas urgentes para el refuerzo del sistema eléctrico tras el apagón del 28 de abril. Esta entidad ha publicado un trabajo de su experto, el catedrático de Economía Aplicada Diego Rodríguez, quien considera «especialmente importantes» las medidas incluidas en el RDL 7/2025 que van encaminadas al impulso de la electrificación. Entre ellas, considera de «máxima prioridad» las mejoras que se introducen para la asignación de posiciones de conexión disponibles en la red de transporte, cuyo objeto es atender demandas de acceso no satisfechas.
Según ha podido saber este medio, el resultado del procedimiento de urgencia permitirá que el Real Decreto pueda estar listo para ser aprobado por el Consejo de Ministros en «la mitad» de tiempo. Este lunes, fuentes de Moncloa apuntaban a que podría ir a una de las dos primeras reuniones del Gobierno a la vuelta de la pausa estival que empieza después de la de este martes, es decir, el 26 de agosto o el 2 de septiembre. Para algunos expertos consultados por este medio, son “necesarias para aumentar la resiliencia del sistema eléctrico y responder a la transición ecológica».

El catedrático de Economía aplicada, Diego Rodríguez, reclama mayor consenso político en situaciones de gran necesidad como la aprobación de estas medidas para reforzar el sector eléctrico (Imagen: FEDEA)
Papel clave de la CNMC
Andrés Jiménez, socio del departamento de Derecho Público de Eversheds Sutherland en España, experto en cuestiones regulatorias, explica a este medio que “hay que recordar que la llamada Comisión del Apagón emitió un informe hace un mes sobre las causas, hablando de la falta de control sobre las potencias que se vierten a la red. Apuntaba, de alguna manera, a los pequeños productores porque a veces comparten líneas de evacuación sobre lo que está entrando en la red”.
En su opinión, “con este nuevo Real Decreto (RD), lo que han hecho ha sido sacar todas las materias que, en una primera valoración, no requieren rango de ley. Estas materias se pueden regular por RD. Han vuelto a meter los temas de control de emisión, que obliga a los propios productores a tener cierto control; han incluido los temas de almacenamiento, pero, por ejemplo, en una primera aproximación, lo que no está es un tema importante para los promotores fotovoltaicos, que es una ampliación de cinco a ocho años para disponer de autorización. Eso no lo han podido meter en este Real Decreto”.
Para este jurista, “lo que podrían hacer en un momento concreto es deslegalizarlo, que determinadas materias se regulasen por RD, pero no es sencillo de hacer. Al final, a este nuevo RD le faltan elementos respecto del anterior Real Decreto Ley que fue tumbado por el Congreso hace unos días. El famoso quinto hito para los promotores, que es así como se llama la citada ampliación, no la vemos por ningún lado”.
En su opinión, “todo viene del informe de la Comisión del Apagón, presidida por la ministra Sara Aagesen, que subraya la necesidad de un mayor control de las potencias que se están vertiendo en la red. No aprobar un RD como este último o como el Real Decreto Ley que se acaba de frenar…”.
Respecto a las informaciones que señalan que España se expone a unas pérdidas de inversiones importantes –PwC habla de 200.000 millones de euros–, este jurista indica que “hay que tomar la cifra con cautela. Lo peor es el roto económico que puede generar y la problemática en la que se meterían las renovables si no logran los hitos en plazo: pierden el permiso de acceso y conexión, pierden las garantías y se generarían problemas legales importantes”.
En este escenario, lo que queda claro es el papel del regulador, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. En su opinión, se está hablando de cuestiones técnicas que deberían aprobarse en el Parlamento para dar una mayor solidez al sector eléctrico. “En el informe de la Comisión se deja claro que no se puede verter a la red sin control. El gran problema que tenemos en España es la red. De hecho, una parte de los asuntos que gestiona la propia CNMC son cuestiones relacionadas con el acceso y la conexión”.

Andrés Jiménez destaca que este RD refuerza el papel de la CNMC como regulador y define mejor a la Red eléctrica (Imagen: Eversheds Sutherland)
Una normativa necesaria
Para Manuel Mingot, socio de Banking and Finance en Ontier desde el pasado mes de mayo, tras casi una década en Squire Patton Boggs, “el proyecto de RD está publicado en audiencia hasta el día 11, como proyecto de RD de Medidas Urgentes de Refuerzo del Sistema Eléctrico. Se recuperan muchas de las medidas del fallido Real Decreto Ley (RDL) 7/2025 por vía reglamentaria, para las que el Gobierno sí dispone de competencia».
Este experto señala que el nuevo RD, a nivel de almacenamiento, “recupera la mayoría de las medidas relativas al almacenamiento que estaban en el derogado RDL 7/2025, ya que se introduce la prioridad de despacho para el almacenamiento hibridado”.
Al mismo tiempo, constata que “se ha incluido también la tramitación urgente del almacenamiento y la exención de la evaluación ambiental simplificada del almacenamiento hibridado en espacios ya evaluados (esto es, en la misma poligonal) para proyectos de competencia de la Administración General del Estado”.
Mingot indica que “se reducen a 20 €/kW las garantías para permiso de acceso de demanda al almacenamiento. En definitiva, se va a facilitar la financiación de las soluciones de almacenamiento con hibridación, que era la gran apuesta del RDL 7/2025”.
Otra cuestión que este experto destaca de este nuevo RD tiene que ver con los permisos de acceso y conexión de demanda: “También hay que destacar que hay otras medidas en cuanto a los permisos de acceso y conexión de demanda (que afectan a los data centers) y su caducidad tras cinco años para evitar acaparamientos y especulación, que era una medida que también estaba contemplada en el RDL 7/2025”.
A su juicio, “quedarían medidas incluidas en el fallido RDL 7/2025 para la extensión de hitos con el cambio del semestre de entrada en operación comercial de los proyectos de energías renovables, que solo van a poder instrumentarse a través de ley y no por vía reglamentaria”.
La valoración general que hace es que “nos parece un proyecto de RD muy positivo para la financiación de los proyectos de almacenamiento, tras la inseguridad jurídica derivada de la fallida votación de convalidación del RDL 7/2025, que afectaba a inversores y financiadores”.
Urge solidez institucional

Manuel Mingo subraya que este RD potencia los proyectos de almacenamiento en relación a las plantas fotovoltaicas (Imagen: Ontier)
Para Elvira Santonja, asociada del área de Derecho Público de Bird and Bird, “el anuncio del MITECO de que el Gobierno aprobará, mediante el procedimiento de urgencia, un nuevo Real Decreto que recogerá algunas de las medidas previstas en el Real Decreto Ley 7/2025 puede mitigar parcialmente los efectos inmediatos de la derogación de la norma de la que hablamos y, en función de la redacción final de este Real Decreto, otorgar un balón de oxígeno a los operadores del sector energético”.
A su juicio, “no obstante, el problema de fondo continúa sin ser resuelto: una generalizada percepción de improvisación y falta de consenso político en determinados puntos esenciales de la agenda energética”.
“Desde el punto de vista de la oportunidad, la aprobación de las medidas inicialmente previstas en el Real Decreto Ley 7/2025 mediante un Real Decreto representa una ocasión desaprovechada de dotar a estas medidas de una mayor solidez institucional, ya que implica que, pese a su interés general, no han alcanzado el consenso político necesario para su aprobación como norma con rango de ley”, advierte.
Esta experta recuerda que “el Real Decreto Ley 7/2025 constituía una norma especialmente ambiciosa y mejorable en algunos aspectos, especialmente desde el punto de vista de técnica legislativa. Pese a ello, el Real Decreto Ley 7/2025 suponía una buena noticia para el sector, ya que contenía medidas clave para el impulso de determinadas tecnologías –como el autoconsumo colectivo y el almacenamiento–, así como de apoyo a los promotores de proyectos de generación y demanda de energía renovable”.
Para esta jurista, “su derogación constituye un revés para el sector, al eliminar un marco normativo que, con sus imperfecciones, ofrecía soluciones a retos regulatorios identificados por los propios operadores”. A su juicio, esta derogación ha tenido lugar, además, en un momento especialmente sensible: con convocatorias de ayudas abiertas para proyectos de almacenamiento, cuya viabilidad depende en gran medida de un marco jurídico claro y estable.
Al mismo tiempo, “el Real Decreto Ley 7/2025 entró en vigor mientras el plazo para solicitar ayudas al almacenamiento seguía abierto, y ha sido derogado una vez cerrado ese plazo, lo que implica que algunos promotores realizaron sus solicitudes contando con las medidas de apoyo previstas en el mismo”.

Elvira Santoja indica que estas medidas recuperadas mediante RD ofrecen mayor solidez institucional aunque evidencia la improvisación de nuestros políticos en estos estos (Imagen: Bird & Bird)
En su opinión, “otro de los puntos críticos es la situación en la que quedan los promotores que habían solicitado prórrogas para el cumplimiento de hitos administrativos, amparándose en las previsiones del Real Decreto Ley 7/2025. De acuerdo con la doctrina, podría interpretarse que la derogación del Real Decreto Ley 7/2025 tiene, con carácter general, efectos ex nunc, lo que implica que surtió plenos efectos legales durante su periodo de vigencia”.
“Sin embargo, su derogación deja en el aire el resultado de las solicitudes no resueltas, generando inseguridad jurídica y posibles conflictos interpretativos que podrían derivar en litigios o, en último término, en la paralización de proyectos. A su vez, podrían generarse situaciones de desigualdad entre aquellos promotores a los que se otorgó la prórroga dentro del periodo de vigencia del Real Decreto Ley 7/2025 y aquellos cuya solicitud no fue resuelta durante este periodo”, indica.
Para esta experta en Derecho Público, “desde el punto de vista del inversor internacional, esta decisión refuerza la percepción de que el marco regulatorio español carece de estabilidad y de madurez en ciertos aspectos. La experiencia pasada con los recortes a las primas a las renovables sigue siendo un referente negativo, y decisiones como esta dificultan dejar atrás esa etapa. La seguridad jurídica y el respeto a los principios de buena regulación son condiciones indispensables para atraer capital privado”.
