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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea tumba la limitación de licencias de VTC

El TJUE determina que la protección del medio ambiente se puede garantizar con medidas menos lesivas

Parada taxis Barcelona. (Foto: archivo)

Pablo Montes

Periodista




Tiempo de lectura: 3 min

Publicado




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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea tumba la limitación de licencias de VTC

El TJUE determina que la protección del medio ambiente se puede garantizar con medidas menos lesivas

Parada taxis Barcelona. (Foto: archivo)



El Tribunal de Justicia de la Unión Europea determina que la limitación del número de licencias de VTC en el área metropolitana de Barcelona no se ajusta al derecho europeo. Esta medida supone una restriccion al ejercicio de libertad de establecimiento y no persiguen razones de imperioso interés general, según señala la sentencia que se ha hecho pública hoy.

El reglamento exigía que las empresas que ya disponían de una autorización para prestar servicios de VTC urbanos e interurbanos en España obtuviesen una licencia adicional para prestar servicios de VTC en el área metropolitana de Barcelona. Por otro lado, limitaba el número de licencias de servicios de VTC a una por cada treinta licencias de servicios de taxi otorgadas en esa área. Quince sociedades que prestaban este tipo de servicios consideraron que el único objetivo de esta normativa local era proteger los intereses del sector del taxi, obstaculizando su actividad. Recurrieron a la justicia y el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña elevó la cuestión al TJUE, al no tener claro que dichas limitaciones respetase los establecido en el derecho comunitario.



El TJUE ha analizado si las restricciones están justificadas por una razón de imperiosa necesidad y si son apropiadas para garantizar la realización del objetivo perseguido. Así, señalan que la buena gestión del transporte, del tráfico y del espacio público de una conurbación, así como de protección del medio ambiente, pueden constituir razones imperiosas de interés general. Sin embargo, el objetivo de garantizar la viabilidad económica de los servicios de taxi es un motivo de carácter puramente económico que no puede ser aceptado como tal.

La autorización previa, señala el tribunal, podría ser necesaria y no se opone al derecho de la Unión si se contemplan fines como la protección medioambiental y se justifica adecuadamente. En sus conclusiones, el TJUE señala que “no se opone a una normativa, aplicable en una conurbación, que establece que para ejercer la actividad de servicios de VTC en esa conurbación se exige una autorización específica, que se añade a la autorización nacional requerida para la prestación de servicios de VTC urbanos e interurbanos, cuando esa autorización específica se base en criterios objetivos, no discriminatorios y conocidos de antemano, que excluyen cualquier arbitrariedad y no se solapan con los controles ya efectuados en el marco del procedimiento de autorización nacional, sino que responden a necesidades particulares de esa conurbación. En otro punto de la sentencia sostiene que “es cierto que el requisito de una autorización previa puede ser idóneo para alcanzar los objetivos de buena gestión del transporte, del tráfico y del espacio público, así como de protección del medio ambiente”. En este caso, se basa en criterios “que pueden resultar discriminatorios” y que se solapan con exigencias previas.



El TJUE apunta que el Gobierno español “manifestó no estar al corriente de la existencia de ningún estudio del impacto de la flota de VTC en el transporte, el tráfico, el espacio público y el medio ambiente en la conurbación de Barcelona, ni de ningún estudio que contemplara los efectos de la normativa introducida por el RVTC sobre la consecución de los objetivos mencionados en el apartado 94 de la presente sentencia”.



A juicio del tribunal, “Sin perjuicio de la apreciación que haya de efectuar el órgano jurisdiccional remitente, incluso a la luz de posibles elementos que no se hayan puesto en conocimiento del Tribunal de Justicia, la limitación de las licencias de servicios de VTC a una por cada treinta licencias de servicios de taxi no parece apropiada para garantizar la consecución de los objetivos de buena gestión del transporte, del tráfico y del espacio público”. Además, mantiene el tribunal, para conseguir tales resultados, se pueden adoptar medidas que pueden ser más efectivas y resultan menos lesivas y restrictivas de la libertad de establecimiento. Por ejemplo: medidas de organización de los servicios de VTC, limitaciones de estos servicios durante determinadas franjas horarias o incluso restricciones de circulación en determinados espacios), así como para alcanzar el objetivo de protección del medio ambiente (por ejemplo, imponiendo límites de emisión aplicables a los vehículos que circulan por el área metropolitana).

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