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Hacienda agua la fiesta: los gastos en trajes de los abogados no se pueden deducir

Ni se puede probar que solo se utilice la ropa para trabajar, ni se puede establecer una correlación entre el gasto y el rendimiento neto, asegura Hacienda

Trajes. (Imagen: archivo)

Pablo Montes

Periodista




Tiempo de lectura: 3 min



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Hacienda agua la fiesta: los gastos en trajes de los abogados no se pueden deducir

Ni se puede probar que solo se utilice la ropa para trabajar, ni se puede establecer una correlación entre el gasto y el rendimiento neto, asegura Hacienda

Trajes. (Imagen: archivo)

La Dirección General de Tributos ha emitido una consulta vinculante en la que responde, a preguntas de una abogada, que los gastos destinados a la adquisición de ropa de uso obligado para los letrados no son deducibles. Este criterio contrasta con el  del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que, como adelantó Economist & Jurist, permitió a un abogado deducirse el gasto en corbatas al considerarlo unelemento indispensable para su actividad”.

Frente a la sentencia, de finales de julio de este año, Hacienda expresa su criterio general en una consulta vinculante. “¿Es posible incluir dentro de los gastos deducibles a efectos de IVA e IRPF las compras de ropa, trajes en este caso, que se utilizan única y exclusivamente para el desempeño de la profesión de abogado?”, solicitaba saber la profesional, que demandaba también información sobre el criterio para incluir o excluir dichos gastos.

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