Connect with us
Jurisprudencia

Amazon puede responder por los salarios que no paguen sus subcontratas de reparto

El TSJ de Madrid declara que la entrega de paquetes forma parte del ciclo productivo de la compañía, aunque rechaza la reclamación de 4.875 euros porque el trabajador no acreditó ninguna diferencia salarial

(Imagen: Amazon News)

Tiempo de lectura: 7 min



Jurisprudencia

Amazon puede responder por los salarios que no paguen sus subcontratas de reparto

El TSJ de Madrid declara que la entrega de paquetes forma parte del ciclo productivo de la compañía, aunque rechaza la reclamación de 4.875 euros porque el trabajador no acreditó ninguna diferencia salarial

(Imagen: Amazon News)

Amazon no puede desvincularse por completo de los repartidores que llevan sus paquetes hasta la puerta del cliente alegando que han sido contratados por otra empresa. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid considera que el transporte y la entrega pertenecen al propio ciclo productivo de la compañía y concluye que, cuando una subcontrata deja de pagar salarios debidos, Amazon Road Transport Spain puede responder solidariamente conforme al artículo 42 del Estatuto de los Trabajadores (ET).

La doctrina es relevante pero el trabajador que ha propiciado este pronunciamiento no cobrará los 4.875 euros que reclamaba. El Tribunal le da la razón en dos cuestiones fundamentales: el convenio aplicable era el de logística y Amazon podía responder junto con su empleadora. Sin embargo, pierde el procedimiento porque los datos declarados probados no muestran que hubiera cobrado por debajo de lo establecido en ese convenio.

Global IA

Tener razón sobre la norma aplicable y sobre quién debería responder no sirve si la deuda no existe o no consigue demostrarse.

El demandante había trabajado desde mayo de 2021 para Rioba Logistic como conductor repartidor a jornada completa. Esta empresa mantenía con Amazon Road Transport Spain un contrato para recoger, transportar y repartir los paquetes cuya distribución le era encargada. Los vehículos eran furgonetas alquiladas por Rioba que llevaban el logotipo de Amazon, a cambio de lo cual esta última abonaba una cantidad por publicidad.

Suscríbete a nuestra
NEWSLETTER

El conductor percibía, según los hechos probados, un salario mensual de 1.720,17 euros en 2021 y de 1.759 euros en 2022, sin incluir las pagas extraordinarias. Consideraba que su relación laboral debía regirse por el convenio colectivo de logística, paquetería y actividades anexas al transporte de mercancías de la Comunidad de Madrid, en lugar del convenio estatal de empresas de mensajería aplicado por su empleadora.

Sobre esa base reclamó 4.875 euros en concepto de diferencias salariales, más el 10% de interés por mora. La demanda se dirigió contra Rioba Logistic y también contra Amazon Road Transport Spain, cuya condena solidaria solicitaba al considerar que el reparto formaba parte de su propia actividad.

(Imagen: Amazon News)

El Juzgado de lo Social número 30 de Madrid rechazó íntegramente la demanda y apreció la falta de legitimación pasiva de Amazon. El trabajador recurrió ante el TSJ madrileño y abrió así un debate que iba mucho más allá de su reclamación particular: ¿qué convenio debe aplicarse a quien reparte paquetes en furgonetas de una subcontrata y hasta dónde alcanza la responsabilidad salarial de la plataforma que organiza la distribución?

La Sala comienza por examinar el convenio colectivo aplicable. Rioba estaba inscrita dentro de las actividades postales y de correos, recogía los paquetes, los transportaba y los entregaba utilizando furgonetas de menos de 2.000 kilos alquiladas por la propia mercantil. El trabajador no aportaba un vehículo propio, sino que conducía los facilitados por la empresa.

Esta circunstancia termina inclinando la balanza.

El convenio estatal de mensajería contempla una categoría en la que el trabajador pone al servicio de la empresa no solamente su trabajo, sino también su propio vehículo, asumiendo los gastos de adquisición, mantenimiento, combustible, reparación y seguro a cambio de la correspondiente compensación. Pero esa no era la realidad de este conductor. No era propietario de la furgoneta ni soportaba sus costes; el vehículo era alquilado por Rioba.

Importa más el objeto y la causa que el nombre atribuido a la actividad. Aunque la empresa se encontrara inscrita como prestadora de servicios postales, el trabajo efectivamente desarrollado consistía en transportar y repartir los paquetes con medios proporcionados por la empleadora. Por ello, el TSJ concluye que debía aplicarse el convenio de logística, paquetería y actividades anexas al transporte de mercancías.

(Imagen: Amazon News)

La decisión resulta especialmente significativa porque existían resoluciones anteriores aparentemente contradictorias sobre la propia Rioba. En algunos procedimientos se había considerado aplicable el convenio de mensajería; en otros, el de logística. La Sala niega, sin embargo, que exista una verdadera contradicción del Tribunal Supremo y recuerda que varias de esas resoluciones de casación no llegaron a examinar el fondo por faltar los requisitos procesales exigidos para unificar doctrina.

Cada procedimiento debe resolverse a partir de sus hechos probados. En este caso, el elemento decisivo era que el demandante tenía la categoría de conductor y utilizaba una furgoneta alquilada por la empresa. La realidad se impone de nuevo sobre las etiquetas: no podía aplicarse una regulación construida alrededor del mensajero que aporta su propio vehículo cuando ese presupuesto no concurría.

Ahora bien, determinar el convenio aplicable era solamente el primer paso. Faltaba comprobar si el trabajador había percibido una remuneración inferior a la que le correspondía. Y en ese punto la reclamación se derrumba.

El recurrente pretendió modificar el relato de hechos probados para sostener que las cantidades mensuales percibidas incluían las pagas extraordinarias. Para ello se apoyó fundamentalmente en las tablas salariales del convenio. La Sala rechaza esa modificación porque una tabla convencional demuestra cuál es el salario mínimo que debería abonarse, pero no cuánto recibió realmente un trabajador determinado. Para acreditar el pago efectivo eran necesarias las nóminas, los justificantes bancarios u otros documentos equivalentes.

Además, las nóminas aportadas correspondían únicamente a agosto, septiembre y octubre de 2021, mientras que la reclamación abarcaba desde mayo de 2021 hasta abril de 2022. La muestra resultaba insuficiente para reconstruir las cantidades percibidas durante todo el periodo.

Al permanecer inalterados los hechos probados, el tribunal debía partir de que los 1.720,17 euros de 2021 y los 1.759 euros de 2022 no incluían las pagas extraordinarias. Una vez añadidas estas, el salario mensual ascendía a 2.006,86 euros en 2021 y a 2.052,16 euros en 2022.

La cifra total percibida durante el periodo reclamado alcanzaba así 22.807,82 euros. Sin embargo, la propia reclamación del trabajador calculaba que, aplicando el convenio de logística, le habrían correspondido 19.535,91 euros. Es decir, de acuerdo con los únicos datos que podían utilizarse procesalmente, había cobrado más que el mínimo convencional cuya aplicación reclamaba.

No existían diferencias salariales y, sin deuda principal, tampoco podía imponerse el interés del 10% por mora.

(Imagen: E&J)

La sentencia (disponible en el botón ‘descargar resolución’) podría haber terminado ahí, pero la Sala aborda también la posible responsabilidad de Amazon para responder a todos los motivos del recurso. Su conclusión tiene un alcance considerable para el sector de la distribución y para los trabajadores de empresas subcontratadas.

El artículo 42 del Estatuto de los Trabajadores establece que la empresa principal responde solidariamente de las obligaciones salariales contraídas por sus contratistas y subcontratistas cuando los servicios externalizados corresponden a su propia actividad. El problema consiste en determinar qué debe entenderse por “propia actividad”.

Amazon sostuvo que actuaba como operador de transporte y que su labor se limitaba a organizar el movimiento de mercancías, mientras que el transporte material era ejecutado por Rioba con sus vehículos y trabajadores. Desde esta perspectiva, ambas empresas desarrollarían actividades distintas y Amazon quedaría fuera de la responsabilidad solidaria.

La Sala rechaza esa separación.

Amazon Road Transport Spain tiene por objeto la prestación de servicios logísticos y de distribución, incluidos el transporte, la manipulación y el almacenamiento. También cuenta con autorización como operador de transporte. Para desarrollar su negocio debe hacer que los paquetes sean recibidos, organizados, distribuidos y finalmente entregados a sus destinatarios. Puede realizar ese último tramo con medios propios o contratarlo con empresas externas, pero la externalización no altera la naturaleza de la actividad.

Sin reparto no hay entrega y, sin entrega, el negocio queda incompleto.

Por eso el Tribunal considera que Rioba no desarrollaba una función meramente accesoria. Sus conductores realizaban una fase incorporada al resultado que Amazon ofrece a sus clientes. Existía una contrata de la propia actividad y, de haberse probado una deuda salarial, la empresa principal habría podido ser condenada solidariamente.

(Imagen: Amazon News)

La doctrina responde a una razón elemental de justicia. Quien ocupa la posición económicamente dominante de una cadena productiva y obtiene el beneficio de una actividad externalizada no puede permanecer necesariamente inmune frente a las deudas salariales generadas en el último eslabón. La organización empresarial permite repartir funciones, pero no siempre permite desprenderse de las responsabilidades que acompañan al beneficio.

Eso no significa que cualquier empresa deba responder por todas las obligaciones de cualquier proveedor. Es necesario que exista una contrata y que el servicio externalizado pertenezca al núcleo de su propia actividad. La limpieza ocasional de unas oficinas, por ejemplo, no ocupa la misma posición dentro del proceso productivo que el reparto para una compañía cuya actividad consiste precisamente en hacer llegar mercancías a sus destinatarios.

En este caso, el TSJ reconoce que concurría ese requisito. Sin embargo, la responsabilidad solidaria no crea una deuda que no existe. Amazon puede responder de los salarios debidos por la contratista, pero solamente cuando esos salarios se hayan dejado de pagar y el trabajador consiga acreditar su cuantía.

La Sala desestima finalmente el recurso y confirma la absolución de Rioba Logistic y Amazon Road Transport Spain, sin imponer las costas de la suplicación. Frente a la sentencia cabía recurso de casación para la unificación de doctrina.

El pronunciamiento deja dos advertencias prácticas. Para las compañías principales, confirma que externalizar una fase nuclear de su negocio no basta para aislarse de las deudas salariales de la contrata. Para los trabajadores, recuerda que la reclamación debe construirse nómina a nómina: salario abonado, salario debido, pagas extraordinarias, complementos, periodo exacto y diferencia resultante.

El Derecho puede señalar al responsable, pero la prueba debe demostrar primero qué debe pagar. Si no hay una deuda acreditada, la solidaridad no tiene nada que repartir.

  • telegram

SUSCRÍBETE A NUESTRA NEWSLETTER

  • tiktok

Copyright © 2026 , powered by Economist & Jurist.