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Jurisprudencia

Dos años de inhabilitación para un abogado que entregó a sus clientes una resolución falsa para ocultar el error que había cometido

La Audiencia Provincial de Madrid le condena como autor de un delito de deslealtad profesional

(Imagen: E&J)

María González Villasevil

Redacción editorial E&J




Tiempo de lectura: 3 min



Jurisprudencia

Dos años de inhabilitación para un abogado que entregó a sus clientes una resolución falsa para ocultar el error que había cometido

La Audiencia Provincial de Madrid le condena como autor de un delito de deslealtad profesional

(Imagen: E&J)



La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a un abogado a una pena de dos años de inhabilitación especial para ejercer la abogacía porque manipuló y reescribió parte de una sentencia, que posteriormente envió a sus clientes, para ocultar el error que había cometido.

En concreto, el acusado redactó un fragmento de la resolución con el fin de ocultar a sus clientes que había presentado fuera de plazo la contestación a la demanda. Una omisión que recogía la sentencia y que le colocaba como abogado en una posición muy débil ante una eventual reclamación por negligencia profesional.



Además de la inhabilitación para ejercer la abogacía durante dos años, también se ha impuesto al letrado, que ha sido condenado como autor de un delito de deslealtad profesional en concurso de normas con un delito de falsedad en documento privado, una pena de multa de quince meses, a razón de 15 euros de cuota diaria.

Presentó la contestación a la demanda fuera de plazo

El acusado, letrado en ejercicio del Colegio de Abogados de Madrid con más de veinte años de experiencia, fue contrato por unos hermanos para que llevara la defensa de caso, un conflicto familiar por el que habían sido demandados.



El letrado presentó la contestación a la demanda fuera de plazo y, aunque este no fue el principal motivo por el que el juzgado acabó estimando la demanda contra sus clientes, cuando el acusado recibió la sentencia condenatoria, antes de enviársela a sus clientes por correo electrónico, suprimió el fragmento que contenía la misma y en la que quedaba constancia de que se había presentado la contestación fuera de plazo.



Una actuación que llevó a cabo con el fin de ocultar esa información a sus clientes para evitar que pudieran presentar acciones legales contra él por negligencia profesional. El acusado facturó y cobró a los clientes la cantidad de 1.199 euros en concepto de estudio, preparación y defensa.

Los clientes, como consecuencia de otro litigio y ya asesorados por otro abogado, tuvieron conocimiento gracias al nuevo letrado del texto auténtico de la sentencia, por lo que demandaron al profesional.

(Imagen: E&J)

Existía un claro interés en suprimir ese fragmento del texto

El acusado alegaba que la supresión de ese fragmento del texto no beneficiaba a nadie, sin embargo, la Audiencia Provincial de Madrid rechaza ese argumento al razonar que el demandado, como abogado, tenía un interés directo en suprimir ese fragmento, concretamente “la finalidad de ocultar la publicidad de un dato que le debilitaba gravemente ante una posible reclamación de responsabilidad civil por una ejecución defectuosa de la prestación debida como abogado”.

Pues, a juicio de los magistrados, el propio fragmento del texto mutilado evidencia la importancia que el autor de la supresión el daba. “Estamos ante una mutilación manifiestamente precisa y certera, que excluye de modo inequívoco cualquier tipo de error azaroso”, recoge la sentencia.

La AP madrileña asegura que el abogado engañó a sus clientes remitiéndoles un copia manipulada de la sentencia con la finalidad de protegerse, lo que constituye una grave conducta de deslealtad al cliente, “es más, difícilmente puede encontrarse una mayor deslealtad profesional que cuando un abogado falsifica una resolución judicial y se la entrega a su cliente para engañarle y encubrir un defectuoso desempeño profesional”.

Asimismo, la Sala recrimina al acusado que también hay provocado en sus clientes un engaño moral, ya que le confiaron, como profesional que creían que era, la defensa en un pleito y que ha cobrado sus honorarios por ello.

Por tanto, los hechos son constitutivos de un delito de deslealtad profesional (previsto y penado en el artículo 467.2 del Código Penal, en concurso con un delito de falsedad de documento privado.

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