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Jurisprudencia

Dos años y seis meses de cárcel para un funcionario de Correos que durante años se apropió de cartas, sobres y envíos

El Tribunal Supremo confirma la condena al repartidor como autor de un delito continuado de infidelidad en la custodia de documentos

(Imagen: Correos)

María González Villasevil

Redacción editorial E&J




Tiempo de lectura: 2 min



Jurisprudencia

Dos años y seis meses de cárcel para un funcionario de Correos que durante años se apropió de cartas, sobres y envíos

El Tribunal Supremo confirma la condena al repartidor como autor de un delito continuado de infidelidad en la custodia de documentos

(Imagen: Correos)



El Tribunal Supremo confirma la condena de dos años y seis meses de cárcel para un funcionario de Correos por apoderarse de numerosos envíos, cartas y sobres del distrito de Alicante en el que tenía encomendada la función de entregar esa correspondencia y paquetes.

La Sala de lo Penal ratifica que el acusado se aprovechó de su condición de cartero para poder hacerse con el material que sustraía y almacenaba en una vivienda. Por estos actos, se le ha condenado como autor de un delito continuado de infidelidad en la custodia de documentos.



Se apoderó del material durante un tiempo indeterminado

El acusado tenía encomendada la custodia de envíos postales y cartas en razón de su cargo, y debía entregarlos a sus destinarios. Sin embargo, desde fecha indeterminada y hasta el 9 de noviembre de 2019 (día que la Policía Nacional intervino), el funcionario de correos se fue apoderando de los envíos postales y cartas certificadas que le eran entregadas para su reparto.

La Policía Nacional intervino en la casa en la que el acusado almacenaba la citada correspondencia y enseres de Correos un total de 158 avisos de llegada de entrega domiciliaria; 45 avisos iguales en blanco; 67 cartas y sobres de suministros, empresas, bancos, etc. a nombre de diferentes personas y zonas de Alicante; 10 cajas de plástico con el anagrama de Correos y Telégrafos; un casco de motocicleta con el mismo anagrama; y una bolsa de color azul también con el anagrama de la sociedad.



Por estos hechos el funcionario fue condenado por la Audiencia Provincial de Alicante a dos años y seis meses de prisión como autor de un delito continuado de infidelidad en la custodia de documentos de los artículos 74 y 413 del Código Penal, con la atenuante de dilaciones indebidas.



La condena fue ratificada por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valencia; y ahora ha sido el Tribunal Supremo el que ha ratificado la sentencia de instancia tras desestimar el recurso de casación interpuesto por la defensa del acusado.

(Imagen: UGT)

El Supremo aprecia la continuidad delictiva

En el recurso, el acusado defendía que por los actos cometidos habría que hablar de una sola acción o unidad de acción, y no de un delito continuado.

Sin embargo, el Supremo afirma que es razonable concluir que no fue posible que el actor se pudiera hacer con todo ese material en un solo acto, sino que tuvo que ser producto de una pluralidad de acciones, «que no cabe duda que las llevó a cabo aprovechándose de su condición de funcionario de correos».

Pues, se trata de «una serie de actuaciones repetidas y distanciadas en el tiempo, susceptibles de ser apreciadas de forma individualizada, que se realizan, aprovechándose de su condición de cartero«, recoge la sentencia.

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