El Tribunal Supremo avala la instalación de puntos de recarga en garajes sin permiso de la comunidad
La sentencia supone un respaldo claro a la movilidad eléctrica y una interpretación flexible de la Ley de Propiedad Horizontal
(Imagen: E&J)
El Tribunal Supremo avala la instalación de puntos de recarga en garajes sin permiso de la comunidad
La sentencia supone un respaldo claro a la movilidad eléctrica y una interpretación flexible de la Ley de Propiedad Horizontal
(Imagen: E&J)
El Tribunal Supremo ha zanjado una cuestión cada vez más frecuente en las comunidades de propietarios: la instalación de puntos de recarga para vehículos eléctricos en garajes comunitarios.
En su sentencia núm. 1745/2025 (disponible en el botón ‘descargar resolución’) el Alto Tribunal confirma que no es necesaria la autorización de la comunidad, bastando con una comunicación previa, siempre que la instalación se realice en una plaza de garaje privativa y cumpla la normativa técnica aplicable.
La resolución supone un nuevo paso en la consolidación de una jurisprudencia claramente favorable a la movilidad eléctrica y a la eliminación de trabas innecesarias en el ámbito de la propiedad horizontal.
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