Connect with us
Jurisprudencia

Es coarrendataria del local de negocio objeto del contrato la pareja del titular formal del mismo

Tiempo de lectura: < 1 min

Publicado




Jurisprudencia

Es coarrendataria del local de negocio objeto del contrato la pareja del titular formal del mismo



Se estima el recurso de apelación sostenido contra sentencia desestimatoria del Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Chiclana de la Frontera, sobre desahucio por falta de pago y reclamación de cantidad.

La Sala declara que la Juez a quo, pese a la rebeldía de la demandada ha estimado que la misma no estaba pasivamente legitimada ya que el verdadero arrendatario sería otra persona, a quien se tiene formalmente por tal en el contrato de arrendamiento suscrito por las partes en fecha 1/febrero/2012. Tal apreciación se antoja errónea.



A juicio de la Sala todo lo actuado sugiere la existencia de un arrendamiento conjunto por ambos, quienes según se afirma en la demandada mantenían una relación sentimental y eran pareja, lo que justifica con creces la llamada al proceso de la demandada, al menos como coarrendataria del local de negocio objeto del contrato.

Además, cuando la parte actora promueve el requerimiento notarial que se documenta en acta de 11/abril/2013, el mismo se dirige contra ambos y en tal calidad es entendido con la demandada, sin que, una vez más, opusiera objeción alguna.



Puede leer la sentencia en www.bdifusion.es Marginal: 2457213



Última hora jurídica



Recibe nuestra newsletter de forma gratuita