La aseguradora no deberá indemnizar al asegurado cuando este oculte información relevante, aunque no se le pregunte ni figure en el formulario
El hombre no puso que padecía un mutación genética porque en el cuestionario no se preguntaba específicamente sobre eso

(Imagen: E&J)
La aseguradora no deberá indemnizar al asegurado cuando este oculte información relevante, aunque no se le pregunte ni figure en el formulario
El hombre no puso que padecía un mutación genética porque en el cuestionario no se preguntaba específicamente sobre eso

(Imagen: E&J)
El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia (disponible en el botón ‘descargar resolución’) que resuelve un recurso de casación contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Valladolid, que desestimó una demanda contra una compañía de seguros.
En el presente caso enjuiciado las partes —aseguradora y asegurado— suscribieron en el año 2011 un contrato de seguro de vida con coberturas de fallecimiento e incapacidad permanente.
En el cuestionario de salud el asegurado no declaró que padecía síndrome de Lynch, una mutación genética que le hacía propenso a padecer tumores cancerosos.
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