La comunidad de propietarios debe asumir la reparación de los daños de impermeabilización de las terrazas que sirven como cubierta del edificio
Aunque la terraza es privativa, la cubierta sigue siendo un elemento común, por lo que su reparación es una obligación comunitaria

(Imagen: E&J)
La comunidad de propietarios debe asumir la reparación de los daños de impermeabilización de las terrazas que sirven como cubierta del edificio
Aunque la terraza es privativa, la cubierta sigue siendo un elemento común, por lo que su reparación es una obligación comunitaria

(Imagen: E&J)
La responsabilidad de asumir las obras de reparación de la terraza que actúa como cubierta del edificio corresponde a la comunidad de propietarios, y no al propietario del inmueble en el que está integrada la terraza.
Así lo ha dictaminado la Audiencia Provincial de Cantabria en una reciente sentencia (disponible en el botón ‘descargar resolución’) en la que condena a una comunidad de propietarios a asumir las reparaciones, así como la indemnización por los daños causados, a pesar de que la comunidad había atribuido dicha responsabilidad al propietario del piso donde estaba ubicada la terraza que actuaba como cubierta del edificio basándose en una cláusula estatutaria que obligaba a los propietarios a mantener y reparar las terrazas de uso privativo.
La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial ha matizado que no debe confundirse la terraza en sentido privativo con la cubierta del edificio como elemento estructural común. Pues cuando el elemento que causa las filtraciones y humedades al resto de propietarios es la tela asfáltica, situada bajo el solado de la terraza, la impermeabilización de este elemento —que protege al conjunto del edificio—, conserva su naturaleza común, aun cuando esté ubicada en una terraza de uso privativo.
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