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Jurisprudencia

La Justicia perdona más de 180.800 euros de deuda a un empresario de la hostelería

El juez ha aprobado un plan de pagos de cinco años, permitiéndole reorganizar su economía sin perder su vivienda

(Imagen: E&J)

María González Villasevil

Redacción editorial E&J




Tiempo de lectura: 4 min

Publicado




Jurisprudencia

La Justicia perdona más de 180.800 euros de deuda a un empresario de la hostelería

El juez ha aprobado un plan de pagos de cinco años, permitiéndole reorganizar su economía sin perder su vivienda

(Imagen: E&J)

La Ley de la Segunda Oportunidad ha vuelto a dar una nueva oportunidad económica a un deudor de buena fe. En esta ocasión, a un empresario que se vio en situación de insolvencia a causa de la pandemia de Covid-19.

Ha sido el Juzgado de lo Mercantil número 5 de Barcelona el que ha dictado sentencia exonerando del pasivo insatisfecho (EPI) al ciudadano. En total le ha perdonado una deuda de 180.866 euros, la cual fue acumulando a raíz de no poder devolver los préstamos que le habían concedido las entidades bancarias para poner en marcha su negocio de bar, el cual que a raíz de la pandemia tuvo que cerrar.



La abogada que ha llevado el caso, Marta Bergadà, socia fundadora de Bergadà Abogados, señala a Economist & Jurist que cuando el empresario acudió a su despacho, y tras analizar toda la documentación aportada, “vimos claramente que se trataba de un deudor de buena fe, condición indispensable para acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad, por lo que se inició el procedimiento”.

Este tipo de resoluciones judiciales suponen una nueva oportunidad para aquellos deudores de buena fe que sin quererlo se han visto envueltos en una situación de insolvencia, pues estas sentencias les permite empezar de nuevo y reconstruir su futuro financiero.

“La Ley de la Segunda Oportunidad sigue demostrando ser una herramienta fundamental para aquellos que, debido a circunstancias ajenas a su voluntad, se ven en una situación de insolvencia. Este caso refuerza la necesidad de contar con un marco legal que permita a los deudores de buena fe liberarse de cargas económicas que les impiden avanzar”, señala Marta Bergadà.

Marta Bergadà en la ‘I Jornada de insolvencia y liquidación societaria’ organizada por la boutique Bergadà Abogados, de la que es socia fundadora. (Imagen: Jorge Agustín/ Bergadà Abogados)

La situación se volvió económicamente insostenible

En el presente caso enjuiciado, el empresario decidió invertir en el traspaso de un bar de su localidad meses antes de la pandemia, con la intención de complementar sus ingresos como trabajador por cuenta ajena con su propio negocio.

Según ha podido saber este medio, el hostelero decidió aceptar los préstamos financieros que le ofrecía su entidad bancaria, puesto que al tener un ingreso elevado de salario, éstos eran casi de aprobación automática. Sin embargo, la crisis derivada de la covid-19 frustró su proyecto, viéndose obligado a cerrar el bar.

Como consecuencia de no tener ingresos suficientes, no podía afrontar los pagos ni recuperar la inversión. Una situación que le llevó al sobreendeudamiento hasta el punto que no llegaba a fin de mes por los intereses acumulados y tenía que solicitar nuevos préstamos y tarjetas de crédito para cubrir necesidades básicas como la alimentación.

Desde el despacho Bergadà Abogados lamentan la presión que sufren por parte de las empresas de recobro aquellos deudores que como este empresario son deudores de buena fe. En este sentido Marta Bergadà comenta que las personas que se encuentran en esa situación quieren pagar, pero no les dan ninguna facilidad para ello ni nadie les ofrece una solución. En este caso concreto, en el del empresario ahora exonerado del pasivo insatisfecho por el Juzgado de lo Mercantil número 5 de Barcelona, el hombre llegó a sufrir hasta dos infartos, “en parte por el estrés que estaba sufriendo”.

“Las amenazas y la creación de un ambiente hostil puede manifestarse de diversas maneras, incluyendo llamadas telefónicas agresivas, mensajes amenazantes y el uso de lenguaje que induce miedo o estrés en el deudor. Estas acciones pueden tener un impacto significativo en la salud mental y el bienestar emocional del individuo. Estas prácticas no sólo son contraproducentes, sino que también pueden constituir violaciones de los derechos personales del deudor”, señala la abogada Marta Bergadà, socia fundadora de Bergadà Abogados.

(Imagen: E&J)

El juez aprueba un plan de pagos

Pese a ese sobreendeudamiento, ahora la Justicia ha dado una nueva oportunidad financiera y económica a este empresario tras aplicarle la Ley de la Segunda Oportunidad y concederle la exoneración del pasivo insatisfecho.

En el presente caso enjuiciado, a diferencia de otros casos, el Juzgado de lo Mercantil número 5 de Barcelona ha concedido a este deudor de buena fe la exoneración con un plan de pagos durante cinco años ajustado a su capacidad económica. Concretamente, el juez ha aprobado un plan de pagos de 379,50 euros al mes durante 60 meses, quedando exonerada la restante deuda y permitiéndole reorganizar su economía sin perder su vivienda.

Además, de la citada cantidad, una parte corresponde a un ajuste en el importe de la hipoteca, que se ha adecuado al valor de mercado del piso, algo que contempla la nueva Ley Concursal, que entró en vigor en septiembre del año 2022.

“Este auto es una gran noticia para nuestro cliente, ya que le permite reorganizar su economía sin perder su vivienda ni sus ingresos principales”, señala Marta Bergadà.

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