Las penas accesorias no pueden afectar la pensión de jubilación más allá de seis meses
El TSJ de Madrid limita la suspensión de pensiones por condenas penales, señalando al respecto que no se puede dejar sin jubilación a una persona mayor durante cuatro años

(Imagen: E&J)
Las penas accesorias no pueden afectar la pensión de jubilación más allá de seis meses
El TSJ de Madrid limita la suspensión de pensiones por condenas penales, señalando al respecto que no se puede dejar sin jubilación a una persona mayor durante cuatro años

(Imagen: E&J)
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado una sentencia en la que pone límites a la suspensión de las prestaciones contributivas como derecho subjetivo, como es la pensión de jubilación, por sanciones penales accesorias.
En este sentido, la Sala de lo Social ha aclarado que, aquel ciudadano que sea condenado por sentencia penal a la pérdida de obtener ayudas públicas o beneficios de la Seguridad Social, sólo podrá perder el derecho a dichas prestaciones durante un periodo de seis meses.
Por lo que, aunque la resolución penal condene al ciudadano durante cuatro años a la pérdida de ayudas públicas y beneficios de la Seguridad Social, ello no puede llevarse a cabo, menos aún cuando el ciudadano es una persona mayor que percibe la pensión de jubilación, y ello por cuanto privarle de esa prestación durante un periodo de cuatro años supondría dejarle «en el más absoluto desamparo».
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