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Jurisprudencia

Los trabajadores con jornada reducida tienen derecho a percibir en su integridad los pluses de turnicidad-relevos, festivo, exceso tiempo de relevo y módulo ADP

La empresa no puede abonar los pluses previstos en el convenio en proporción a la jornada realizada cuando los mismos compensan circunstancias laborales no relacionadas con la cantidad de horas trabajadas

(Imagen: E&J)

María González Villasevil

Redacción editorial E&J




Tiempo de lectura: 4 min



Jurisprudencia

Los trabajadores con jornada reducida tienen derecho a percibir en su integridad los pluses de turnicidad-relevos, festivo, exceso tiempo de relevo y módulo ADP

La empresa no puede abonar los pluses previstos en el convenio en proporción a la jornada realizada cuando los mismos compensan circunstancias laborales no relacionadas con la cantidad de horas trabajadas

(Imagen: E&J)

El Tribunal Supremo ha dictado una relevante sentencia sobre el derecho de los trabajadores que prestan servicios a tiempo parcial por disfrutar de una reducción de jornada a cobrar la totalidad de los pluses previstos en el convenio colectivo de aplicación, por cuanto los mismos tienen la finalidad de compensar unas circunstancias laborales que no están relacionadas con la cantidad de horas trabajadas.

En esta línea, la Sala de lo Social ha declarado que el plus de turnicidad-relevo debe ser abonado en su totalidad con independencia de que el trabajo se preste a tiempo parcial por reducción de jornada en virtud del artículo 37.6 ET, o a jornada completa; y lo mismo ocurre con  el plus por exceso en el tiempo de relevo, el plus de festivos y la retribución por ADP, los cuales deben también abonarse en su cuantía completa sin que puedan ser reducidas proporcionalmente en función de la jornada a tiempo parcial.

Global IA

El caso

Esta resolución (disponible en el botón ‘descargar resolución’) llega a raíz de que el sindicato USO Industria presentara una demanda — a la que se han adhirieron CCOO-Industria, UGT- FICA y el Sindicato de Trabajadores Independientes de Repsol-TIR— sobre conflicto colectivo contra Repsol Química S.A.

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