Perdonados 168.000 euros de deudas al dueño de un supermercado que no pudo hacer frente a los préstamos solicitados
El empresario se vio en situación de insolvencia y tuvo que cerrar su negocio
(Imagen: E&J)
Perdonados 168.000 euros de deudas al dueño de un supermercado que no pudo hacer frente a los préstamos solicitados
El empresario se vio en situación de insolvencia y tuvo que cerrar su negocio
(Imagen: E&J)
El Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid ha concedido la exoneración del pasivo insatisfecho (EPI) a un hombre que se encontraba en situación de insolvencia después de que fracasara la franquicia de un conocido supermercado que había abierto.
Este emprendedor llegó a acumular una deuda de 168.885 euros a raíz de que el negocio no funcionara, lo que le impidió hacer frente a los préstamos solicitados. No obstante, la situación económica del hombre ha tenido un buen final gracias a que, al tratarse de un deudor de buena fe, ha podido acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad.
Según ha podido saber Economist & Jurist por medio del despacho que ha llevado la defensa legal de dicho deudor, Bergada Abogados, boutique legal especializada en Derecho concursal, el ciudadano llegó a España en el año 2010 y tras una década trabajando en diferentes establecimientos en 2021 tomó la iniciativa de emprender en su propio negocio, concretamente constituyo una sociedad para gestionar una franquicia de supermercados en Madrid. Para ello realizó una gran inversión económica, contrayendo compromisos financieros con proveedores, entidades de crédito y otros acreedores, y avalando personalmente las obligaciones.
Sin embargo, tras dos años de funcionamiento, el supermercado no obtuvo la rentabilidad esperada, lo que obligó al emprendedor a cesar la actividad y cerrar el negocio. “Como consecuencia del cierre, la sociedad devino insolvente y se ejecutaron los avales. Así, se generó un grave deterioro de su situación financiera que le impidió hacer frente a los pagos comprometidos y acumuló deudas que resultaron imposible de satisfacer con sus recursos disponibles”, señalan desde la firma legal.
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(Imagen: E&J)
Cuando el empresario llevó su caso al despacho Bergadà Abogados, el equipo legal de la boutique lo estudió y constató que se trataba de un deudor de buena fe y, en consecuencia, cumplía los requisitos necesarios para acogerse al mecanismo de la Segunda Oportunidad.
La justicia, por su parte, y concretamente el titular del Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid, ha fallado perdonando al ciudadano la deuda que tenía contraída y que ascendía a 168.885 euros.
La abogada que ha llevado el caso y socia fundadora de Bergadà Abogados, Marta Bergadà, señala al respecto que el caso de este deudor de buena fe “es un ejemplo más de muchos pequeños emprendedores que, después de años de esfuerzo y trabajo, deciden apostar por su propio negocio con ilusión y compromiso”. “Esta resolución supone una segunda oportunidad real para nuestro cliente, que podrá empezar de nuevo sin el peso de una deuda elevada. Este tipo de decisiones judiciales devuelven la esperanza a quienes lo han perdido todo por causas ajenas a su voluntad”.

