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Jurisprudencia

Perdonados más de 58.000 euros a un empresario endeudado, a quien el banco le cambió las condiciones del préstamo solicitado

Con el cambio de director de la sucursal, se modificaron las condiciones pactadas y se le denegó el acceso al capital pendiente

(Imagen: E&J)

María González Villasevil

Redacción editorial E&J




Tiempo de lectura: 3 min

Publicado




Jurisprudencia

Perdonados más de 58.000 euros a un empresario endeudado, a quien el banco le cambió las condiciones del préstamo solicitado

Con el cambio de director de la sucursal, se modificaron las condiciones pactadas y se le denegó el acceso al capital pendiente

(Imagen: E&J)

El Juzgado Mercantil número 1 de Castellón de la Plana ha perdonado una deuda de 58.178 euros a un ciudadano al considerar que se trata de un deudor de buena fe y, en consecuencia, cumple los requisitos necesarios para acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad. Así, de esta manera, le exonera del pasivo insatisfecho.

Este auto dictado el pasado 15 de septiembre, y al que ha tenido acceso E&J, llega a raíz de que el despacho Bergadà Abogados, boutique legal especializada en Derecho concursal, solicitará la aplicación del mecanismo de la Segunda Oportunidad para un empresario que se vio inmerso en una situación de insolvencia tras emprender un negocio y que la entidad bancaria que le concedió el préstamo para ello le modificara, de manera unilateral, las condiciones pactadas.

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Marta Bergadà, la abogada y socia fundadora de Bergadà Abogados, señala que casos como éste reflejan la importancia de la Ley de la Segunda Oportunidad, norma que “está al lado de emprendedores que, por circunstancias ajenas a su voluntad, se vieron inmersos en una situación de insolvencia. Por ello es fundamental seguir difundiéndola para que más personas puedan liberarse de esa pesada mochila de deudas y contribuir de nuevo al crecimiento económico del país”.

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En el presente caso, el ciudadano era un artesano que desde el año 2005 venía participando en mercados artesanales medievales y temáticos por toda España, así como incorporando trabajos de logística en empresas de servicios. En 2016 tomó la iniciativa de emprender un proyecto y una entidad financiera accedió a financiarle el mismo, concediéndole un préstamo de 50.000 euros.

El hombre pactó con el entonces director del banco que retiraría el dinero necesario para pagar la máquina principal que había adquirido para comenzar a producir y que dispondría del resto del dinero poco a poco. Sin embargo, un año más tarde se produjo un cambio en la dirección de la sucursal y el nuevo director modificó las condiciones pactadas, denegando al actor el acceso al capital pendiente. En su lugar, la entidad le ofreció ampliar su tarjeta de crédito e, incluso, una póliza que tenía un 20% de intereses.

(Imagen: E&J)

Un endeudamiento cada vez mayor

Aunque no contaba con la posibilidad de acceder a todo el capital del préstamo, el empresario intentó sacar adelante su proyecto pero no los resultados obtenidos no fueron los correctos, económicamente hablando: no llegó a producir lo necesario para afrontar las cuotas.

El hombre optó por recurrir a otras tarjetas de créditos, pero desde la entidad bancaria le dijeron que para unificar los gastos debía pedir un préstamo personal. Además, la crisis derivada de la pandemia del coronavirus solo agravó más su situación.

A pesar de toda esa situación de inestabilidad, el actor intentó pagar en todo momento sus deudas, llegando a abonar al banco incluso durante un periodo hasta 1.500 euros semanales y vendiendo cosas para estar al día de pagos. No obstante, llegó un momento en el que le fue imposible seguir pagando las cuotas debido a los elevados intereses y la poca rentabilidad que le daba su negocio.

Cuando el despacho Bergadà Abogados cogió su caso constataron que, de la documentación aportada, quedaba acreditado que se trataba de un deudor de buena fe y, por tanto, podía acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad, por lo que iniciaron el procedimiento judicial. Y, a pesar de que dicho proceso se alargo cuatro años, el pasado 15 de septiembre la Justicia concedió la exoneración del pasivo insatisfecho a este ciudadano, perdonándole así la deuda de 58.178 euros que tenía acumulada.

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