¿Qué debe conservar un autónomo para demostrar ante Hacienda que un inmueble es realmente su despacho?
El TSJ de Cataluña confirma el rechazo del IVA de dos oficinas porque el abogado no acreditó su utilización profesional: el contrato de alquiler y unas fotografías pueden no bastar ante una inspección
(Imagen: E&J)
¿Qué debe conservar un autónomo para demostrar ante Hacienda que un inmueble es realmente su despacho?
El TSJ de Cataluña confirma el rechazo del IVA de dos oficinas porque el abogado no acreditó su utilización profesional: el contrato de alquiler y unas fotografías pueden no bastar ante una inspección
(Imagen: E&J)
Un contrato de arrendamiento acredita que se ha alquilado un inmueble, pero no demuestra necesariamente que allí se desarrolle una actividad profesional. Una fotografía puede enseñar una mesa, un ordenador y varios archivadores, pero tampoco prueba por sí sola que ese espacio sea realmente un despacho. Cuando un autónomo pretende deducirse el IVA de una oficina, la cuestión decisiva no es cómo denomina al inmueble, sino si puede acreditar mediante hechos objetivos, coherentes y comprobables que lo utiliza para obtener sus ingresos.
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña acaba de confirmar esta realidad en una sentencia (disponible en el botón ‘descargar resolución’) que contiene una advertencia especialmente útil para abogados, asesores, arquitectos, consultores y cualquier otro profesional que trabaje desde uno o varios inmuebles. La carga de demostrar su afectación a la actividad corresponde al contribuyente. Si la prueba es insuficiente o las comprobaciones realizadas por Hacienda contradicen la versión ofrecida, las consecuencias económicas recaerán sobre quien pretendió aplicar la deducción.
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