Reconocimiento del complemento por brecha de género a los hombres
El principio de igualdad exige equiparar a los progenitores que se hallen en situaciones comparables
(Imagen: E&J)
Reconocimiento del complemento por brecha de género a los hombres
El principio de igualdad exige equiparar a los progenitores que se hallen en situaciones comparables
(Imagen: E&J)
La reciente sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 2 de Valencia, de 16 de septiembre de 2025, EDJ 2025/692708, arroja nueva luz acerca de la evolución interpretativa del complemento por brecha de género en las pensiones contributivas y la necesidad de adaptar nuestro marco normativo a las exigencias del Derecho europeo en materia de igualdad.
La litis partía de la solicitud de un pensionista de jubilación ordinaria que, tras haber tenido dos hijos, reclamaba el reconocimiento del citado complemento, invocando una situación equiparable a la de las mujeres beneficiarias. La negativa del Instituto Nacional de la Seguridad Social, sustentada en el tenor literal del artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social en su redacción vigente, motivó la judicialización del asunto.
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