Transgresión de la buena fe contractual: Despido disciplinario por uso del servicio de mensajería WhatsApp
Transgresión de la buena fe contractual: Despido disciplinario por uso del servicio de mensajería WhatsApp
Constituye una infracción de los principios y deberes básicos de todo trabajador por abuso de confianza por lo que implica incurrir en la sanción más grave que prevé el ordenamiento jurídico laboral
Se desestima el recurso de suplicación interpuesto frente a sentencia desestimatoria del Juzgado de lo Social nº 1 de los de Santander, sobre despido.
La Sala declara que la conducta acreditada constituye una negligencia grave, que puso en evidente riesgo la seguridad del servicio, y también una transgresión de la buena fe contractual y un abuso de confianza que, como principios y deberes básicos de todo trabajador (art. 5.a ET), no pueden conjugarse con otras circunstancias que resultan irrelevantes frente a la principal de quebranto de la buena fe contractual y de la confianza, de modo que su vulneración, implica incurrir en la sanción más grave que prevé el ordenamiento jurídico laboral.
Concurren por tanto, todos los elementos necesarios para la adecuada extinción de la relación laboral, esto es, tanto la tipicidad, la antijuricidad y la culpabilidad.
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