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Jurisprudencia

Un enfermero es condenado a 7 años de carcel por abusar sexualmente de una paciente

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Jurisprudencia

Un enfermero es condenado a 7 años de carcel por abusar sexualmente de una paciente



El Tribunal Supremo, en una reciente sentencia, ha condenado a 7 años de prisión a un enfermero que trabajaba en reanimación por abusar de una paciente recién intervenida quirúrgicamente

El Alto Tribunal considera que concurre la agravación de prevalimiento por razón de superioridad, en tanto en cuanto, el acusado era enfermero encargado en una sala de reanimación de los cuidados de la víctima recién intervenida quirúrgicamente. Así pues, no existó un consentimiento viciado por la actuación del sujeto en situación de superioridad, sino una ausencia de consentimiento que es aprovechada por este, que se encuentra en situación de superioridad como garante del cuidado de la víctima.



En este sentido, se consideran situaciones de vulnerabilidad situaciones concretas, como la edad, la enfermedad o la discapacidad que deben servir de referencia a la interpretación del término situación, para concretarla en razones objetivas de vulnerabilidad distintas de la que se corresponden a la surgida de la acción del atacante.

En el caso enjuiciado, la víctima acababa de ser intervenida quirúrgicamente, y estaba en una dependencia de especial atención, la de reanimación, para superar los efectos de la anestesia. Por ello, su situación  requería especiales cuidados derivados de la anestesia y la reciente operación.



Asimismo, el hecho de ser consciente del ataque sufrido y oponer una resistencia, no le resta la condición de vulnerabilidad de quien se halla en una dependencia de cuidados especiales y necesarios después de una intervención quirúrgica.



 

Puede consultar el texto completo de la sentencia en www.casosreales.es Marginal nº 70360877

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