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Jurisprudencia

Un magistrado es sancionado por negarse a usar los medios ofimáticos puestos a su disposición

(Diseño: Cenaida López/Economist & Jurist)

Javier Izaguirre Fernández

Redactor de Economist & Jurist.




Tiempo de lectura: 4 min



Jurisprudencia

Un magistrado es sancionado por negarse a usar los medios ofimáticos puestos a su disposición

(Diseño: Cenaida López/Economist & Jurist)



El magistrado invocaba determinadas dolencias que le impedían el uso prolongado o habitual de los teclados

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha confirmado, en su sentencia de 22 de julio de 2021, la sanción impuesta a un magistrado que se negaba a usar los medios ofimáticos puestos a su disposición para la transcripción de sus resoluciones judiciales.



En palabras del Alto Tribunal, “al magistrado sancionado le pareció inaceptable todo lo que no fuera el método de trabajo al que se había habituado, sin que pusiese en cambio el menor empeño en que se arbitrase una solución ofimática alternativa, inclusive la de programas de reconocimiento de voz”.

Sanción

La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial impuso al juez, por su actuación como magistrado de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, una sanción de suspensión de un mes por la comisión de una falta muy grave de desatención en el ejercicio de los deberes judiciales prevista en el art. 417.9 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.



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