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La AJFV reclama al TC que ejecute la sentencia de Estrasburgo que condenó a España por vulnerar los derechos de seis jueces

Pide amparo constitucional ante la “verdadera desidia” de las Cortes Generales por no renovar el CGPJ en cinco años

(Imagen: TEDH)

Rosalina Moreno

Redactora jefa




Tiempo de lectura: 4 min

Publicado




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La AJFV reclama al TC que ejecute la sentencia de Estrasburgo que condenó a España por vulnerar los derechos de seis jueces

Pide amparo constitucional ante la “verdadera desidia” de las Cortes Generales por no renovar el CGPJ en cinco años

(Imagen: TEDH)



La Asociación Judicial Francisco de Vitoria (AJFV) ha reclamado al Tribunal Constitucional (TC) que ejecute la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que el pasado 22 de junio condenó a España por vulnerar los derechos civiles de seis jueces asociados que son candidatos a vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) desde 2018.

La solicitud de ejecución de la sentencia ha sido interpuesta por AJFV y por los seis jueces perjudicados debido a que el Estado no ha dado cumplimiento a la sentencia del TEDH -una resolución judicial vinculante para el Estado español acerca de la paralización de la renovación de los vocales del CGPJ-, que adquirió firmeza el pasado 22 de septiembre, y «a pesar de que cada día se vulneran los derechos civiles de los afectados». 



El TEDH, con sede en Estrasburgo, sentenció, con cuatro votos a favor y tres en contra, que se violó el artículo 6.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que contempla el derecho a un proceso justo y/o al acceso a los tribunales. Por tanto, el Constitucional ha vulnerado el derecho a la tutela efectiva de los recurrentes.

«Ni el Constitucional ha resuelto sobre el recurso anulado por Estrasburgo ni las Cortes Generales han votado el listado de candidatos que fue remitido en 2018», denuncian.



La AJFV presentó un recurso de amparo ante el TC en 2020 porque las Cortes Generales llevaban dos años sin convocar Pleno para proceder al nombramiento de los vocales de procedencia judicial, que son 12 de los 20 que integran el órgano de gobierno de los jueces. De ellos, 6 deben ser nombrados por el Congreso y 6 por el Senado.



El TEDH, con sede en Estrasburgo, sentenció que el Constitucional no justificó en 2021 los motivos por los que rechazó el recurso de amparo de estos magistrados

En la demanda solicita la nulidad de la providencia de inadmisión del recurso de amparo contra la que se ha pronunciado el TEDH, y que se dicte otra admitiéndolo a trámite. En caso contrario, los recurrentes piden un nuevo amparo constitucional en términos similares al recurso presentado el 14 de octubre de 2020.

En el nuevo recurso, los demandantes reiteran la petición de amparo constitucional porque las Cortes Generales no han adoptado ninguna actuación ni medida alguna para continuar con el procedimiento establecido para renovar el CGPJ, a pesar de estar obligadas a renovarlo en plazo.

“No estamos ante un mero retraso o dilación, sino ante una verdadera desidia de las Cortes en sus funciones, puesto que han transcurrido cinco años desde la remisión por el CGPJ del listado de candidatos propuestos”, sostiene el recurso interpuesto por AJFV y los jueces José Antonio Baena Sierra, Rafael Estébez Benito, Mónica García de Yzaguirre, Manuel Jaén Vallejo, Juan Luis Lorenzo Bragado y María Tardón Olmos.

Sergio Oliva, nuevo portavoz nacional de la AJFV (Foto: AJFV)

«Desde nuestra asociación entendemos que había que dar este paso después de la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que venía a decir que se estaban vulnerando los derechos civiles de los candidatos», declara a Economist & Jurist Sergio Oliva.

«Esperamos que se estime nuestra pretensión de que se cambie la providencia y acuerde que entren al recurso de amparo y que el Tribunal Constitucional pueda realizar una valoración sobre la constitucionalidad del sistema actual de nombramiento de vocales del CGPJ, porque consideramos que se ha pervertido el pronunciamiento que hubo en 1986, que no se está cumpliendo esa constitucionalidad declarada en su día, y que era una oportunidad histórica que tenía el Constitucional para poder abordar esta cuestión», señala.

Triple fin de la demanda

Según informa la AJFV, la demanda tiene un triple fin. Por un lado, atender a la resolución del TEDH “para el efectivo cumplimiento de la misma, esto es que se produzca una resolución por el Constitucional que entre a conocer sobre los derechos vulnerados».

Por otro lado, el reconocimiento del derecho de los candidatos a acceder a los cargos públicos de conformidad con su contenido constitucionalmente declarado y siguiendo los trámites legalmente previstos; y finalmente, el restablecimiento de la integridad de su derecho o libertad con la adopción de las medidas apropiadas para su eficacia que se traducen, en el presente caso, en la obligación dirigida al órgano responsable para efectuar sin dilación los trámites legalmente previstos para la renovación y formación del nuevo CGPJ”.

“Cada día que pasa sin que los presidentes del Congreso y del Senado convoquen los plenos para renovar el CGPJ, es un día más en el que se vulneran los derechos fundamentales de los candidatos», sostiene Sergio Oliva, portavoz nacional de esta asociación judicial, la segunda en España en número de asociados.

Afirma que «resulta inaceptable cómo los partidos políticos han secuestrado el órgano de gobierno de los jueces». 

«Estamos ante un inasumible deterioro institucional que perjudica el funcionamiento del Poder Judicial y contraviene los valores fundamentales de la Unión Europea», sentencia Oliva, quien fue elegido nuevo portavoz de la asociación el pasado 17 de noviembre, relevando en el cargo a Jorge Fernández Vaquero —colaborador de Economist & Jurist, tras cuatro años de mandato.

«Han transcurrido ya diez años desde la toma de posesión del actual CGPJ, y el próximo 4 de diciembre se cumplen cinco desde que expiró su mandato. El sistema actual de renovación del Consejo no es el que las instituciones europeas entienden como el más adecuado, sino que en reiteradas ocasiones insisten a España en que los doce vocales judiciales sean elegidos por los jueces en activo», explica Oliva. Y destaca que la AJFV «sigue trabajando para que los vocales judiciales contemplados en el artículo 122 de la Constitución sean elegidos por los propios jueces”.

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