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La huelga indefinida del Turno de Oficio se mantiene, pese a que Justicia afirma que no tiene amparo legal

La iniciativa de Sindicato Venia ha generado una respuesta desigual entre asociaciones de abogados

Los abogados gallegos del Turno ya fueron a la huelga el pasado 12 de julio (Imagen: E&J)

Luisja Sánchez

Periodista jurídico




Tiempo de lectura: 10 min

Publicado




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La huelga indefinida del Turno de Oficio se mantiene, pese a que Justicia afirma que no tiene amparo legal

La iniciativa de Sindicato Venia ha generado una respuesta desigual entre asociaciones de abogados

Los abogados gallegos del Turno ya fueron a la huelga el pasado 12 de julio (Imagen: E&J)



A veinticuatro horas de la convocatoria de huelga indefinida que plantea el Sindicato Venia para los abogados y procuradores del Turno de Oficio, mañana, martes 21 de noviembre, se mantiene su ritmo de adhesiones pese a haberse conocido un oficio hecho público por la Dirección General del Servicio Público del Ministerio de Justicia que cuestiona su amparo legal de dicha convocatoria.

En ese escrito, al que ha tenido acceso Economist & Jurist, recoge el resumen dictamen de la Abogacía del Estado sobre que “los profesionales de la abogacía y de la procura adscritos al Turno de Oficio no tienen una relación laboral con lo cual la cesación de servicios jurídicos no estaría amparada por el derecho de huelga, exponiéndose a sanciones disciplinarias. Este régimen también incluye al colectivo de abogados a nivel global”.

Ese texto firmado por Maria dels Angels García, directora para el Servicio Público de Justicia, va dirigido a la Dirección General de Trabajo y se ha enviado también con el informe de la Abogacía del Estado tanto al CGAE como al Consejo de Procuradores para que sepan a qué atenerse de cara al día 21 porque este servicio público gratuito es de obligatorio cumplimiento y no se puede dejar de prestar.



El documento respalda las tesis de los servicios jurídicos del CGAE, con un último informe firmado por José Ramon Álvarez, director de los servicios jurídicos, el pasado 6 de noviembre, que sigue las tesis de otro informe que habla de la suspensión de servicios de septiembre del 2014 y un acuerdo de la Comisión Permanente del 12 febrero del 2010.

En este informe se habla de jurisprudencia del Tribunal Supremo donde se indica que, “al estimar que ante una colisión de derechos fundamentales entre el derecho de huelga de abogados y el derecho a la asistencia de abogado al detenido y de defensa, debe prevalecer este último ya que de lo contrario se produciría una quiebra del principio de la tutela judicial efectiva”.

También se indica que la organización del servicio corre a cargo de los Colegios de Abogados que podrían tener responsabilidad patrimonial en el caso de que permitiese una huelga del Turno de Oficio, a no ser que fuera una huelga de celo. Los abogados no tendrían dicha responsabilidad, pero si se les podría depurar responsabilidades deontológicas, dejando abierta una responsabilidad penal al Decano del Colegio de Abogados por permitir dicha huelga.

Curiosamente es bastante previsible que este asunto como toda su problemática lo tenga que afrontar el nuevo Ministro de Justicia del que sabremos mañana su identidad porque se prevé que el martes el nuevo equipo ministerial de Sánchez realice su primer Consejo de Ministros de esta legislatura.

Como ya anticipo Economist & Jurist, en los corrillos del Premio Pelayo que se entregó este jueves al magistrado Pascual Sala, el mejor colocado era el ministro de la Presidencia, Félix Bolaños que acudió a este evento y que no confirmó ni desmintió su posible nuevo desempeño profesional.

El Ministerio de Justicia ha filtrado un oficio donde resume un dictamen de la Abogacía del Estado, los abogados del Turno en particular y, a nivel general, el colectivo no tiene derecho a huelga (Imagen: Ministerio de Justicia)

Sindicato Venia mantiene la huelga

Pese a ello, Sindicato Venia mantiene sus tesis y la convocatoria de la misma, que por lo visto va a tener un desarrollo desigual en el territorio nacional. “El oficio del Ministerio de Justicia ha espoleado a muchos compañeros y compañeras que al final van a sumarse a la huelga que se convoca desde mañana martes. No ha logrado intimidarles, en absoluto”, aclara Belén García, Secretaria General de esta organización sindical.

Para esta jurista, el precedente de huelga que tuvo lugar en Galicia el pasado mes de julio señala que es viable “el oficio que se ha filtrado a la opinión pública cuatro días antes tiene el objeto de desconvocar la huelga. Sabemos que ha llegado a los Colegios de Abogados al mismo tiempo, pero contradice a los informes del Ministerio de Economía y Hacienda donde si se habla de relación de dependencia de nuestro colectivo”.

También se indica desde este sindicato que presentaron la convocatoria de la huelga al Ministerio de Justicia con una propuesta de servicios mínimos que hasta la fecha no ha habido ninguna respuesta. “La única ha sido filtrar ese oficio que resume un dictamen de la Abogacía del Estado donde se señala que no tenemos derecho a ejercer el derecho a la huelga”, apunta.

Esos servicios mínimos planteados por Venia tienen que ver con las guarias de asistencia al detenido, guardias de asistencia a violencia de género; guardias de extranjería; juicios orales o cualquier otra actuación con preso y vulneración de derechos fundamentales, tanto en la jurisdicción social como en la contenciosa administrativa según se puede ver de la web de Venia.  “No se hará nada que no permita el juez correspondiente, por eso no creemos que haya sanciones de ningún tipo. No pondremos en riesgo a ningún compañero”.

Belén García recuerda que su entidad también ha hecho un informe de ocho páginas que sirve de apoyo a esta huelga general: “hemos creado un Comité de Huelga formado por doce integrantes repartidos por todo el territorio nacional entre afiliados y delegados, salvo una que no es ni delegada ni afiliada pero que ha trabajado todos los informes”.

La idea que tienen desde Sindicato Venia es establecer negociaciones paralelas del citado Comité con el Ministerio de Justicia, que previsiblemente cambie de equipo en las próximas horas y de forma paralela con las Comunidades Autónomas con competencias transferidas. “Nuestro objetivo es fijar unos criterios unificados en todo el territorio nacional y que se reconozca el pago de todas las actuaciones. En la negociación que planteamos partimos de cero, no nos valen los baremos existentes para cerrar esa negociación”, aclara García.

A juicio de la Secretaria General de Sindicato Venia “hasta el momento hay muchas actuaciones que no se pagan, al mismo tiempo hay muchos gastos que asumen abogados y procuradores para desempeñar el servicio que no deberían asumirlos, pero los asumen. Tenemos claro las cantidades que debemos cobrar y esperemos que en las negociaciones que se abran podamos alcanzarlos”.

La convocatoria de huelga se ha extendido en los grupos de WhatsApp de estos juristas y en redes sociales como Facebook o Twitter. Los hashtag en los que se ven mensajes de apoyo son #Huelga21N, #TurnoOficioDigno y #MareaNegra, entre otros.

En la propia página web de Sindicato Venia hay un enlace en el que el abogado se puede descargar formularios de petición de suspensión y otras herramientas para esta huelga.

Para esta abogada, “todos los problemas del Turno de Oficio están interconectados, nos pagan muy mal; algunos clientes nos ponen queja para sacarse un dinero con un seguro de responsabilidad civil que tiene una franquicia de 2.500 euros y que en caso de problema nos evita cobrar ese asunto. Tenemos derecho a un trabajo digno y a un salario digno igualmente. No somos esclavos del siglo XXI ni se nos puede tratar así”.

Belén García, Secretaria General de Sindicato Venia, subraya que ese comunicado ha espoleado a más letrados a seguir la huelga (Imagen: Venia)

Hay que buscar otras medidas de presión

Para Eugenio Ribón, decano del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid, parece claro que las medidas de reivindicación que se están desarrollando hasta la fecha son insuficientes, a la vista está que el Turno de Oficio sigue sin cubrir determinadas actuaciones, tiene una retribución a nivel de indemnización ínfima y los compañeros asumen los costes que no le corresponden. Esto justifica que se piense en medidas de mayor calado a nivel reivindicativo”.

A su juicio “en esta ocasión el término huelga no es apropiado. No nos encontramos en una relación por cuenta ajena. La cuestión no está en el conflicto entre el derecho al trabajo y el derecho a la tutela judicial efectiva porque ese mismo conflicto se podría haber planteado en otras ocasiones por parte de otros colectivos. El tema está en que el término huelga no es apropiado y además la convocatoria que se ha realizado está sujeta a la discrecionalidad judicial que supone o la concesión de la suspensión”.

Desde esta perspectiva para el decano madrileño “el efecto de la huelga se desvanece en el momento en el que la autoridad judicial deniega esa suspensión. Eso hace que carezca de fuerza coercitiva por dicha discrecionalidad de un tercero. Donde se debe atacar el problema es en el artículo 22 de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, que establece el carácter obligatorio de la representación letrada en esta asistencia jurídica gratuita por parte de los Colegios de la abogacía”.

En este contexto “si en lugar de hablar de huelga, estamos hablando de una eventual baja masiva de todos los compañeros del servicio de guardia esto nos podría conducir a analizar la legalidad de este articulo 22. Y es que, difícilmente es comprensible que a unos profesionales liberales se les imponga la prestación de un servicio obligatorio, en primer lugar. Por la misma razón se podría establecer que los médicos estuvieran sujeto a un servicio obligatorio de carácter ordinario”.

Y en segundo término para Ribón “no sería razonable que si se produce una baja masiva, los colegios tendrán que organizar ese Turno entre el resto de los compañeros, pero aquí hay una diferencia, no tendría sentido que una persona que es especialista en impuesto de hidrocarburos asista a una víctima de violencia de mujer. Que un abogado especialista en derecho del medioambiente asista a otra víctima de un despido laboral”.

Desde su punto de vista, “sería absurdo generalizar el Turno entre los compañeros. Por eso acciones como la baja masiva que estoy comentando sería más comprensible, así como cuestionar la legalidad de dicho artículo 22 que estamos comentando”.

El ICAM en su reciente Cumbre de Derecho de la UE celebrada la pasada semana abordó la problemática del Turno de Oficio desde varias ópticas, una de ellas el derecho comparado. La conclusión más clara es la necesidad de actualizar la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita que data de 1996. “Después de más de veinticinco años necesita importante retoques”, afirma.

A su juicio “debe homogeneizarse la Justicia gratuita para que se retribuya de igual manera en cualquier Comunidad Autónoma. Ahora las diferencias con territorio Ministerio son notables, y prestaciones como la de la asistencia a la persona jurídica y otras no se cubren pese a que la reforma del Código Penal incluyó la responsabilidad de la persona jurídica, pero no hubo modificación en la ley”.

“Al mismo tiempo tampoco se actualizó con las acciones de cesación y defensa de consumidores y usuarios cuando la Ley de Enjuiciamiento Civil establece el llamamiento de los perjudicados a través de medios públicos de comunicación, y el artículo 6 de la ley de Asistencia Jurídica sobre establecer cubrir el coste por edictos. Hay muchos déficits en la norma que apuntan a dicha modificación”, asegura.

Eugenio Ribón, Decano del ICAM, cree que hay otras medidas de presión que se pueden implementar (Imagen: E&J)

El CGAE advierte que la huelga no puede hacerse

Los Colegios de Abogados mantiene una postura casi común como prestadores del servicio de que la normativa actual y la jurisprudencia no permite que los abogados adscritos al Turno hagan huelga. Han estado a la expectativa y la mayor parte de ellos han recibido la notificación de la huelga del Sindicato Venia. Habrá que ver cómo actúan en el momento que les empiecen a llegar las suspensiones de las vistas y, especialmente, si en alguno el abogado respectivo no acude.

Así lo explica Javier Martín, Secretario General del CGAE, quien recuerda que hace unos días la entidad emitió un informe, el citado en este reportaje, que argumenta jurídicamente que no se puede hacer huelga al ser éste un servicio público que se presta de forma obligatoria para respaldar la tutela judicial efectiva del justiciable. “No hay una relación de ajenidad, por eso no se puede hacer huelga”.

El CGAE ya celebró hace unos días un pleno monográfico sobre esta cuestión donde ellos no tienen dudas: “No podemos olvidar que los colegios tienen la obligación de prestar este servicio. Nosotros tenemos que garantizar el servicio con los abogados que existan realmente para ejercerlo”.

Sobre la huelga indefinida que se plantea, el Secretario General del CGAE subraya que las condiciones de servicios mínimos que conocen de Venia son muy amplias. “Parece como si no hubiera huelga realmente. Hay que darse cuenta de que si en los procedimientos judiciales no se da la suspensión, habrá que ir al acto judicial. No olvidemos que el perjudicado por las suspensiones es el justiciable, que además ya ha sufrido retrasos por la pandemia y las huelgas de este año de funcionarios y letrados de la Administración de Justicia”.

Sobre posibles sanciones a las que los abogados pueden exponerse, “el hecho de hacer huelga, en mi colegio nadie lo ha comunicado ni tiene obligación. Lo que habrá que ver en cada caso individual es si un juzgado nos remite un oficio y nos dice que el abogado no se presentó, si se abrirá un expediente que podría llegar a la exclusión por uno o dos años del Turno de Oficio. Habrá que ver cada caso y sus circunstancias”.

Javier Martín, Secretario General del CGAE, cree que la huelga no es posible y que los abogados se exponen a sanciones (Imagen: CGAE)

Las asociaciones de abogados, divididas ante la huelga

A nivel asociativo, entidades como AJATO Y AJUSTO se han adherido a la convocatoria, al igual que distintos coordinadores a título individual de otras asociaciones que participan activamente en los grupos de trabajo creados para impulsar dicha huelga general.

Por su parte, asociaciones como ALA, ALTODO, ASATO o DEFENDA se han mostrado en contra, y el resto no se ha posicionado. En el caso de ALTODO, a través de un comunicado de prensa se subraya que esta huelga “es más una acción de protesta toda vez que los abogados y procuradores del Turno no somos trabajadores por cuenta ajena y carecemos de ese derecho. La subida que planta el Ministerio es insultante y también denunciamos que hay actividades que no nos pagan”.

Desde esta asociación de abogados, no se descartan otras medidas de presión que irían desde encierros, manifestaciones togadas o renuncias de guardias colectivas, entre otras cuestiones. También recuerda que su entidad, junto con otras, presentaron un escrito ante el Parlamento Europeo para que se reconociera este derecho de huelga.

Por su parte, Miguel Ángel González de Miguel, abogado del Turno de Oficio y uno de los impulsores de la Plataforma Abogacía y Turno de Oficio, que aglutina a una docena de asociaciones de letrados de toda España, cree que la propuesta de Venia puede ser positiva. “Aunque no es una huelga como tal, se respetan muchos servicios, como penal, divorcio, laboral o asistencia al detenido. Lo único que se piden son suspensiones de vistas”.

Esta plataforma presentó ante la Comisión Europea el pasado mes de junio un escrito de cara a reclamar el derecho de huelga del colectivo de abogados y mejoras en la conciliación.  Algunos de los firmantes junto a González de Miguel fueron Victoria Ros, colegiada ICA Málaga y asociada a DEFENDA; al igual que Amparo Martínez, colegiada del ICAM y presidenta de DEFENDA; María Del Carmen Morallón, colegiada ICA Albacete; y Gemma Martínez, colegiada ICA Jaén.

Para este letrado “en el documento que presentan los abogados piden la suspensión de esa vista porque dicen que el letrado dice que está de huelga el 21 de noviembre. Algunos juzgados cuya agenda depende de los LAJs y los jueces, conceden la suspensión. Pero que te suspendan la vista no significa que te reconozcan el derecho de huelga. Tendrá una gran repercusión mediática pero no habrá sanciones porque el abogado no acudirá a los juicios que se suspendan”.

Desde Sindicato Venia también nos indican que a nivel de procuradores, hay un Colegio específico ubicado en Ourense que se ha mostrado a favor de apoyar la citada huelga general indefinida. “También nos llamó otro que nos preguntó si tenían que dejar de hacer designaciones, les dijimos que no hacia falta”, apunta la Secretaria General de esta entidad.

Miguel Ángel González de Miguel es impulsor de la Plataforma Abogacía y Turno de Oficio cree que la medida puede tener cierto efecto mediático a nivel de presión (Imagen: E&J)

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Anonymous
10 días atrás

Esto no es cierto. Los únicos que pueden decir si una huelga es o no legal son los órganos jurisdiccionales (Jurisdicción social), no un Ministerio.
Solo plantear la posible ilegalidad de una huelga legalmente notificada y convocada de Abogados Y Procuradores de Turno de Oficio, ya parece una broma.
Por tanto, ruego reformeis esta noticia con más criterio

Nombre
Elena
Anonymous
10 días atrás

Hay que tenerlos enormes para afirmar sin rubor que «este servicio público gratuito es de obligatorio cumplimiento y no se puede dejar de prestar.».

Todo servicio público es de obligatorio cumplimiento, y sin embargo los funcionarios que lo prestan tienen derecho a la huelga por asimilación a los trabajadores del sector privado.

Son recientes las sucesivas huelgas de Justicia. ¿Qué pasa? ¿Es que es un servicio público que sí puede dejar de prestarse?

Y lo de la jurisprudencia del Supremo ya es de traca: “ante una colisión de derechos fundamentales entre el derecho de huelga de abogados y el derecho a la asistencia de abogado al detenido y de defensa, debe prevalecer este último ya que de lo contrario se produciría una quiebra del principio de la tutela judicial efectiva”. Pero las sucesivas huelgas de los funcionarios de justicia y de los LAJS -y el conato de la de Jueces- ¿no quiebra el principio de la tutela judicial efectiva? ¿O es que sus derechos, incluido el de huelga, deben prevalecer frente a la tutela judicial efectiva?

Nos imponen por ley la obligación de prestar un servicio público.
Sostienen que no es TRABAJO ni genera dependencia laboral. Nos pagan una miseria.
Nos practican RETENCIONES A CUENTA DEL IRPF en cada pago pero sostienen que no es salario sino INDEMNIZACIONES.
Quisieron sujetar dichos pagos al IVA.
Nos levantan nada menos que un 40% de nuestro fondo acumulado en la Mutua si a nuestra jubilación elegimos recibir la prestación en un pago único porque consideran que son RENDIMIENTOS DEL TRABAJO… Y no tienen rubor alguno en proclamar que los Abogados del Turno de oficio no tienen derecho a la huelga…

Lo que deberían hacer todos los Colegios es ponerse de acuerdo en apoyar a sus Letrados, y tomar la decisión conjunta de suspender la prestación del servicio hasta que nuestras reivindicaciones sean atendidas. Pero esto es una utopía.

Nombre
Javier

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