La jueza de Donostia resuelve la prejudicial del TJUE planteada por Ortiz y Erausquin: el contrato es nulo al ser el IRPH nulo
El fallo de corte europeísta profundiza en los conceptos de transparencia y control de abusividad del TJUE que la jueza examina en este asunto

Afectados de IRPH, concentrados frente al Supremo en septiembre de 2023, han recibido con satisfacción este fallo, aunque aún el Supremo sigue sin pronunciarse. (Imagen: E&J)
La jueza de Donostia resuelve la prejudicial del TJUE planteada por Ortiz y Erausquin: el contrato es nulo al ser el IRPH nulo
El fallo de corte europeísta profundiza en los conceptos de transparencia y control de abusividad del TJUE que la jueza examina en este asunto

Afectados de IRPH, concentrados frente al Supremo en septiembre de 2023, han recibido con satisfacción este fallo, aunque aún el Supremo sigue sin pronunciarse. (Imagen: E&J)
Res Abogados, despacho del que son titulares los abogados Maite Ortiz y José María Erausquin, conoció este lunes el fallo de la jueza Eva Cerón, titular del Juzgado 8 de Cláusulas Abusivas de Donosti, sobre la cuestión prejudicial resuelta por el TJUE el pasado 12 de diciembre de 2024. En una sentencia 997/2025, de fecha 28 de marzo, notificada este lunes a las partes, la magistrada se pronunció sobre el caso.
En el fallo, la jueza declara nula por abusiva la cláusula tercera bis, inserta en un contrato de préstamo hipotecario suscrito entre Kutxabank y un consumidor guipuzcoano. Dicha cláusula está relacionada con el índice IRPH Cajas y, al considerar que el contrato no puede subsistir tras la expulsión de la misma por abusiva, declara la nulidad radical del contrato. Esta era la opción elegida por estos abogados en su escrito de alegaciones para el caso en que se diera esta situación.
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