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Las filtraciones de la Fiscalía en el caso de la pareja de Ayuso hacen que el procedimiento judicial pudiera estar viciado

Los abogados Javier Mata y Alfonso Trallero debaten en ‘Economist & Jurist’ la vulneración del secreto profesional, una de las mayores garantías del derecho de defensa

De izquierda a derecha: Alfonso Trallero, abogado penalista y socio director de la boutique penal Trallero Abogados; Pablo Capel, director general de 'Economist & Jurist Group'; y Javier Mata, abogado senior partner en Andersen, y diputado responsable de Defensa de la Abogacía del ICAM. (Imagen: E&J)

María González Villasevil

Redacción editorial E&J




Tiempo de lectura: 5 min

Publicado




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Las filtraciones de la Fiscalía en el caso de la pareja de Ayuso hacen que el procedimiento judicial pudiera estar viciado

Los abogados Javier Mata y Alfonso Trallero debaten en ‘Economist & Jurist’ la vulneración del secreto profesional, una de las mayores garantías del derecho de defensa

De izquierda a derecha: Alfonso Trallero, abogado penalista y socio director de la boutique penal Trallero Abogados; Pablo Capel, director general de 'Economist & Jurist Group'; y Javier Mata, abogado senior partner en Andersen, y diputado responsable de Defensa de la Abogacía del ICAM. (Imagen: E&J)



Hace apenas unas semanas se conocía que la denuncia a la pareja de Isabel Díaz Ayuso por un supuesto fraude a Hacienda de más de 350.000 euros entre los años 2020 y 2021 a través de facturas falsas y sociedades pantalla, según la Agencia Tributaria.



El verdadero problema sobre esta inspección fiscal a la pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid llegó cuando el jueves 14 de marzo, se filtró a los medios de comunicación una nota de prensa en la que se recogían los datos de la investigación de la pareja de Ayuso, datos concretos de comunicaciones de la defensa del investigado con la Fiscalía, como fechas y el contenido de conversaciones y reuniones.

Esta filtración de información ha sido calificada por el decano del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid, Eugenio Ribón, como “una ruptura de la confidencialidad y el secreto profesional, principios básicos que amparan la comunicación de los abogados”. Es más, esta misma mañana el ICAM ha informado que se querellará contra la Fiscalía por dicha filtración; y también lo hará el propio afectado, el novio de la presidenta de la Comunidad de Madrid.



En este contexto de actualidad que sacude el país, Javier Mata, abogado y senior partner en Andersen y miembro de la Junta de Gobierno del Colegio de Abogados de Madrid; y Alfonso Trallero, abogado penalista y socio director de la boutique penal que lleva su nombre, Trallero Abogados, han analizado en un debate de Economist & Jurist, moderado por el director general del grupo, Pablo Capel, las filtraciones de la Fiscalía sobre datos concretos de comunicaciones de un letrado en el marco de un proceso de conformidad en curso.



El procedimiento está viciado

Javier Mata afirma a E&J que debido a dichas filtraciones, existe el riesgo de que el procedimiento esté viciado: “Se puede haber contaminado el procedimiento que acaba de nacer, porque este tipo de filtraciones de un presunto reconocimiento de responsabilidad en aras a un objetivo muy claro, que es alcanzar una conformidad y no a otros, puede contaminar el procedimiento judicial”.

Un punto de vista que ha compartido el abogado penalista Alfonso Trallero, quien ha expuesto que las negociaciones para la conformidad son confidenciales, “precisamente porque el no alcanzar un eventual acuerdo de conformidad no puede ser, de ninguna manera, utilizado contra quien haya propuesto un reconocimiento de hechos. En este caso, ese objetivo de la confidencialidad ha sido manifiestamente lesionado por la filtración de esas negociaciones, y por tanto, la imparcialidad y la equidad que debe conllevar un proyecto de esas características”.

De izquierda a derecha: Alfonso Trallero, abogado penalista y socio director de la boutique penal Trallero
Abogados; Pablo Capel, director general de ‘Economist & Jurist Group’; y Javier Mata, abogado senior partner en Andersen, y diputado responsable de
Defensa de la Abogacía del ICAM. (Imagen: E&J)

Díaz Ayuso no tiene responsabilidad por los delitos de su pareja

En el supuesto caso de que finalmente se dictara sentencia condenatoria en contra de los intereses de la pareja de Isabel Díaz Ayuso, Trallero se ha pronunciado sobre las posibles consecuencias, en términos jurídicos y políticos, que podrían afectar a la presidenta de la Comunidad de Madrid al haber su pareja cometido un delito fiscal.

Al respecto, el penalista aclara que aunque algunos pretendan que Ayuso también tenga responsabilidad por los hechos presuntamente delictivos de su pareja, “por suerte, en España las responsabilidades por el hecho propio, cada persona responde por los actos con significación penal que comete cada uno, no los que cometan nuestras personas afines por muy cercanas que sean. Un delito fiscal, como parece que se está manejando de una supuesta falsedad documental cometida en su caso por la pareja de la presidenta, no puede afectar a la señora Díez Ayuso, pero ni aunque estuviesen casados y llevasen casados 30 años. Se le podrán preguntar muchas cosas, qué sabía y qué no sabía, pero responsabilidad jurídica no tiene ninguna”.

También se ha pronunciado sobre las declaraciones del ministro Óscar Puente calificando a Ayuso de “testaferro”: “Ni siquiera los voceros que aseguran que existe responsabilidad penal por parte de la presidenta de la Comunidad de Madrid por los posibles delitos de su pareja, diciendo que es el caso más grave de corrupción que tenemos en España”. Además, que a juicio de Trallero, esas palabras del ministro pueden tener consecuencias para el propio Puente, ya que si no tiene ningún elemento para decir que existe esa condición de testaferro, el ministro podría ser perseguido por un delito de calumnias.

La filtración de la Fiscalía atropella al gremio de la abogacía

Las filtraciones realizadas por la Fiscalía suponen la vulneración de una de las mayores garantías del derecho de defensa: la confidencialidad entre el abogado y el cliente. Un tema que también se ha abordado en el debate de E&J.

Javier Mata afirma que la Fiscalía ha vulnerado el secreto profesional de la defensa de la pareja de Ayuso, y ello supone una infracción grave del Estatuto general de Abogacía así como de los Estatutos del Colegio de Abogados de Madrid. Y no solo eso, el abogado asegura que desde el ICAM han entendido “que se ha podido cometer un delito de revelación de secretos del artículo 417 del Código Penal y también una infracción administrativa por violación del deber de sigilo que tiene el Ministerio Fiscal en su Estatuto Orgánico”.

“Esto lo hemos hecho en defensa de la profesión. Esto que ha ocurrido no se puede volver a repetir, pero ya da igual que haya una vinculación con personalidades públicas o no, es que no puede ocurrir”.

Mata aclara que lo que piden es que el Juzgado de Instrucción haga las averiguaciones iniciales para ver quién ha consentido o dado la orden de que se hiciera esa nota informativa que infringe el secreto profesional, y que a partir de que se averigüe que persona del Ministerio Fiscal ha cometido estos hechos presuntamente delictivos”.

En línea con las declaraciones de Mata, el penalista Alfonso Trallero ha destacado que la gravedad de estas filtraciones es que “daña el prestigio de la Fiscalía, de todos los servidores que en ella trabajan, que son respetuosos con nuestras leyes y con nuestros principios fundamentales”.

El letrado manifiesta su preocupación si se confirmase que la publicación que esa nota fue una instrucción directa desde la Fiscalía General del Estado: “Si se confirmase este extremo, la gravedad de la situación sería mayúscula y un atentado directo a los principios de legalidad e imparcialidad de la Fiscalía”, y por supuesto, “si se confirmase eso, se obligaría inmediatamente a cesar al fiscal general del Estado”, ya que al ser la máxima autoridad de esta institución, “conocía que se iba a filtrar esa nota y lo permitió”.

Trallero ha aclarado que los hechos no solo son graves, sino delictivos y quien hubiese dado esa orden de filtrar la información tendría que afrontar la responsabilidad por esos delitos.

“Si se comprueba que se han dado instrucciones de que se publique una nota que revela un hecho que indudablemente es secreto, es confidencial o reservado, estaríamos hablando del posible delito recogido en el artículo 417.2 del Código Penal, ya que el funcionario o autoridad no puede revelar secretos de los que conozca por razón de su oficio, que es lo que aquí habría ocurrido cuando, y menos aun cuando esos secretos puedan perjudicar a un particular, como ha sido también el caso”.

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