El Gobierno amplia el permiso de nacimiento y el cuidado de menores ante las críticas de UGT Y CSIF, que lo ven mejorable
Yolanda Díaz anuncia la trasposición de la Directiva 2019/1158 que modifica el ET y la LGSS

El Gobierno ha ampliado los permisos de nacimientos y menores para trasponer una Directiva comunitaria. (Imagen: E&J)
El Gobierno amplia el permiso de nacimiento y el cuidado de menores ante las críticas de UGT Y CSIF, que lo ven mejorable
Yolanda Díaz anuncia la trasposición de la Directiva 2019/1158 que modifica el ET y la LGSS

El Gobierno ha ampliado los permisos de nacimientos y menores para trasponer una Directiva comunitaria. (Imagen: E&J)
El Consejo de Ministros aprobaba este martes —a propuesta del Ministerio de Trabajo y Economía Social, del Ministerio de Hacienda, del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y del Ministerio para la Transformación Digital y la Función Pública—el Real Decreto-ley por el que se amplía el permiso de nacimiento y cuidado.
La norma, ya en el BOE, entra en vigor este jueves y traspone la Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, fruto del acuerdo entre PSOE y Sumar.
España afronta desde hace tiempo una multa diaria de 9.000 euros por el retraso en la transposición de la Directiva europea, sanción que ascendería a más de 40.000 euros al día a partir del 1 de agosto si no se lograse la aprobación definitiva del Real Decreto-ley, cuestión ya evitada.
La Directiva debía haberse incorporado al Derecho español hace casi un año, según han indicado desde Sumar, quienes defienden que no existen argumentos para continuar retrasando la entrada en vigor de los nuevos permisos, una vez logrado el pacto entre los socios del Gobierno.
Según explicó tras el Consejo de Ministros la propia vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo Yolanda Díaz, el texto supone consolidar el esfuerzo y los avances de la legislación española para que el trabajo retribuido no sea un impedimento para que las personas trabajadoras ejerzan su derecho a ejercer los cuidados, ni que tampoco sea un escollo a la hora de tomar la decisión de formar una familia. Supone también dar un paso más hacia una sociedad más corresponsable.
“En 1980 en España los permisos por hijos eran de dos semanas para las madres y dos días para el padre. Ahora se habla que serán 17 semanas y, además, dos semanas más para los cuidados que podrán decidir cómo distribuirlos hasta que el hijo o la hija cumpla los 8 años de edad. Por tanto, como les decía, una grandísima noticia para toda la ciudadanía de nuestro país”, ha explicado Díaz.
Este Real Decreto, ya en el BOE desde ayer, entra en vigor hoy jueves y amplía en tres semanas el permiso por nacimiento y cuidado de menor: el permiso pasa de 16 a 19 semanas retribuidas para cada uno de los progenitores y se incrementa a 32 semanas para las familias monoparentales.
Una de las tres nuevas semanas —dos para las familias monoparentales—, se disfrutará durante el primer año del bebé o en los primeros 12 meses de la adopción, guarda o acogimiento familiar. Se mantiene la obligatoriedad de que las primeras seis semanas sean disfrutadas de forma ininterrumpida a jornada completa e inmediatamente tras el nacimiento o la adopción, acogimiento familiar o guarda. Mientras que las otras dos nuevas semanas —cuatro para las familias monoparentales— se pueden disfrutar de forma flexible hasta que el menor cumpla 8 años.
Yolanda Díaz ha anunciado que la medida tiene carácter retroactivo al 2 de agosto de 2024, por lo que las familias con hijos nacidos a partir de esa fecha pueden acogerse a ella. Este derecho a la prestación por nacimiento y cuidado del menor podrá solicitarse a partir del 1 de enero de 2026 y es un derecho de la persona trabajadora no transferible al otro progenitor.
La Seguridad Social asumirá el coste de la ampliación de la prestación, según ha avanzado la vicepresidenta: “No son los empleadores los que sufragan la inversión social de esta medida. Son los impuestos y las cotizaciones de la gente trabajadora”. La cuantía de las prestaciones será equivalente al 100% de la base de cotización. En su exposición, Díaz también ha señalado que el permiso de lactancia permanece exactamente igual: tres semanas.
Díaz ha subrayado que esta medida aprobada va dirigida a los trabajadores, a las familias y, de manera muy singular, a la juventud, que “está absolutamente comprometida con los valores democráticos, ecológicos y feministas de España”, y tiene valores corresponsables.
Asimismo, Yolanda Díaz ha remarcado que la iniciativa incluye a los trabajadores asalariados, a los autónomos y a los empleados públicos, y ha incidido en que atiende a las reclamaciones de las familias monoparentales, conformadas en un 80% por mujeres en solitario.
La norma traspone la Directiva comunitaria relativa a la conciliación de la vida familiar y profesional de los progenitores y los cuidadores, y consolida el esfuerzo y los avances en la legislación española por alinearse con los estados europeos con permisos más largos y flexibles. En este contexto, la ministra de Trabajo ha añadido que los permisos en España van de la mano de la corresponsabilidad entre los hombres y las mujeres, a diferencia de otros estados de la Unión Europea.

Yolanda Díaz, vicepresidente segunda del Gobierno, se mostraba satisfecha con la implementación de esta medida. (Imagen: Pool Moncloa /Borja Puig de la Bellacasa)
Reclamar prestación económica
El disfrute de dichas semanas de suspensión de contrato de trabajo o del permiso por nacimiento y cuidado de menor, así como la prestación económica correspondiente, podrá solicitarse a partir del 1 de enero de 2026 y no requerirá un nuevo reconocimiento del derecho.
Además, la ampliación a 19 semanas del permiso de nacimiento en España supera la recomendación de la OIT y permite que nuestro país se alinee con los estados europeos con permisos de maternidad más largos y flexibles.
La Seguridad Social asume el coste del nuevo permiso de ampliación de la prestación por nacimiento y cuidado de menor de la Seguridad Social asumiendo una tasa de reemplazo de renta del cien por cien para ambos progenitores.
La percepción del cien por cien de la base reguladora es un elemento de gran relevancia para la promoción del reparto de responsabilidades, como evidencia la alta participación masculina, en comparación con otros países, del permiso de nacimiento español.
El Real Decreto-ley incrementa en el ámbito del empleo público el permiso retribuido por nacimiento y por adopción, guarda o acogimiento, que pasa a cubrir también el cuidado del menor, hasta las diecinueve semanas, de las cuales diecisiete son de permiso por nacimiento y cuidados y dos de permiso por cuidado parental del menor, añadiendo una nueva regulación del permiso parental, que mantiene su carácter no retribuido, de 8 semanas de duración.
El permiso por nacimiento se ampliará en dos semanas más, en los supuestos de nacimiento o adopción múltiples, o discapacidad, en un total para ambos progenitores.
Para proteger la actual diversidad familiar y asegurar que las niñas y niños se encuentran igualmente protegidos con independencia del tipo de familia en el que crezcan, atendiendo a la especial vulnerabilidad de los niños y niñas nacidos en familias monoparentales, el Real Decreto-ley aprobado, amplía el periodo de suspensión por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción y acogimiento a treinta y dos semanas en caso de unidad monoparental. De este total, cuatro semanas podrán disfrutarse hasta que el menor cumpla 8 años.
Posicionamiento de UGT
Desde la Unión General de Trabajadoras y Trabajadores esta ampliación de los permisos, así como el carácter retribuido de los mismos, elemento fundamental para facilitar su ejercicio y alcanzar una sociedad corresponsable; esperando su futura convalidación en el Congreso. “Sin embargo, este avance da una respuesta parcial a nuestras reivindicaciones sindicales”, comentan a Economist & Jurist.

UGT, con Pepe Álvarez y Fernando Luján en la imagen, cree que el avance es insuficiente y que el permiso parental del artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores debería retribuirse. (Imagen: UGT)
Recuerdan que la Directiva (UE) 2019/1158, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y cuidadores, que debió haberse incorporado al ordenamiento jurídico español antes de agosto de 2022 —y cuya parte sobre permisos retribuidos tenía como fecha límite agosto de 2024—, establecía mínimos obligatorios en materia de permisos parentales, cuidados y fórmulas de trabajo flexible para facilitar la corresponsabilidad y la igualdad entre mujeres y hombres en el empleo.
También indican que desde UGT hemos venido reclamando de forma insistente esta trasposición y la retribución del permiso parental.
Esta organización sindical denuncia que el permiso parental regulado en el artículo 48 bis del Estatuto de los Trabajadores y el artículo 49 g) del Estatuto Básico del Empleado Público continua sin estar retribuido.
“Destacamos la utilidad de este derecho para las personas trabajadoras y para las familias, ya que al fin este permiso no se circunscribe al primer año de vida de la o el menor”, señalan esta entidad, “no obstante, puesto que el permiso parental debe ser retribuido en su totalidad desde agosto de 2024, exigimos la retribución de las 8 semanas de permiso parental para que este derecho sea efectivo y no se limite sólo a las personas trabajadoras que puedan permitírselo”.
Para UGT “las modificaciones continúan siendo insuficientes, aunque celebramos la aprobación del Real Decreto Ley. De nuevo, insistimos en la necesidad de ampliar derechos laborales remunerados y reforzar el sistema público de cuidados para atender a personas mayores, dependientes, con discapacidad (…) y no limitar el abordaje de los cuidados a los y las menores. Y por supuesto, evidenciamos que todavía existen muchos supuestos que no están previstos en la legislación laboral, así como las dificultades y obstáculos presentados por las empresas para el ejercicio de los ya existentes”.
Otra medida que plantean es que la Seguridad Social, en sus estadísticas semestrales sobre permisos por nacimiento y cuidado de menor de 12 meses y excedencias por cuidados, se incluyan los datos sobre el ejercicio del permiso parental, para poder evaluar su impacto de género ya que las estadísticas constatan que los permisos no retribuidos siguen siendo ejercidos mayoritariamente por mujeres (9 de cada 10). Al final para estos profesionales: “Conciliar no es un lujo, sino un derecho y cuidar también es trabajar”.

El papel de los tribunales ha sido clave para reconocer estos derechos con sentencias relevantes. (Imagen: E&J)
CSIF pide mejoras
Por su parte, la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas y con presencia creciente en el sector privado, considera insuficiente la aprobación del permiso parental retribuido para el cuidado del menor hasta los 8 años, y exigimos que se cubran las 8 semanas que establece la directiva europea.
Según Eva Fernández, responsable de igualdad de CSIF a nivel nacional, reconociendo los avances en materia social, como la ampliación del permiso de paternidad y maternidad y los permisos para familias monoparentales, “CSIF exige al Gobierno que cumpla la norma europea para favorecer la conciliación y evitar que la carga de los cuidados siga cayendo de manera mayoritaria sobre las mujeres”.
Desde este sindicato se insiste en que la entidad es pionera en el reconocimiento judicial de este derecho. Logramos la primera sentencia en el Ayuntamiento de Barcelona, y posteriormente en juzgados de Valladolid y Cuenca, obteniendo las primeras resoluciones en los juzgados con carácter firme.
El pasado 3 de junio se conoció también la primera sentencia en el ámbito de la empresa privada (en el juzgado de lo social número 1 de Barcelona), lo que sin duda abrirá un debate jurídico, dado que las empresas tendrán que abonar retrasos por un incumplimiento que corresponde al Gobierno de España.
Las sentencias coinciden en señalar que tanto la justicia europea, el Tribunal Constitucional como el Supremo han determinado que el principio de primacía del derecho europea obliga a los jueces a interpretar las normas internas conforme al derecho europeo.
Las disposiciones de la Directiva europea (UE) 2019/1158 son incondicionales, suficientemente claras y precisas, y el permiso parental debe ser retribuido. Por tanto, las sentencias imputan el retraso en el desarrollo reglamentario a la Administración.
Desde CSIF se insiste en que van a seguir reclamando este derecho: “Nuestros servicios jurídicos además valoran volver a llevar la queja a Bruselas para forzar al Gobierno a reconocer esta importante medida social, cuyo incumplimiento ya está generando sanciones millonarias para España”.

Para Eva Fernández, responsable de igualdad y RSC de CSIF, es necesario que el permio para el cuidado del menor alcance a las 8 semanas que dice la Directiva. (Imagen: CSIF)
