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Legislación

La AEAFA y el ICAM coinciden en proponer a Justicia suspender la Ley de eficiencia en procesos de Familia con menores implicados

La Asociación Española de Abogados de Familia mandó una carta al ministro Félix Bolaños en abril, sin respuesta; mientras que la entidad colegial ha registrado una proposición no de ley en el Congreso

Luisja Sánchez

Periodista jurídico




Tiempo de lectura: 6 min

Publicado




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La AEAFA y el ICAM coinciden en proponer a Justicia suspender la Ley de eficiencia en procesos de Familia con menores implicados

La Asociación Española de Abogados de Familia mandó una carta al ministro Félix Bolaños en abril, sin respuesta; mientras que la entidad colegial ha registrado una proposición no de ley en el Congreso

La Ley Orgánica 1/2025 de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia que plantea un cambio profundo en la gestión de la justicia con la implementación de los tribunales de instancia, desde el pasado 3 de abril incluye el requisito de procedibilidad de los Medios Adecuados de Solución de Controversias —más conocidos como MASC—, elemento que ha generado notables críticas en la abogacía, defensores de los derechos de los ciudadanos, garantes de sus derechos.

La abogacía de Familia a través de su asociación principal —la Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA)— fue beligerante ya en sus Jornadas Centrales de marzo, de los problemas que se estaban generando lo que cristalizo en una carta firmada por su presidenta Lola López-Muelas, sin respuesta después de dos meses de ser enviada al Ministro Bolaños el pasado mes de abril. En las jornadas de familia que se celebran estos días en Málaga han vuelto a insistir en dicha suspensión y en la falta de respuesta del Ministerio a esa petición.



Por su parte, desde el Ilustro Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM), su decano Eugenio Ribón, y la vicedecana Isabel Winkels, registraban este miércoles una proposición no de ley en el Congreso para detener los efectos negativos de la Ley Orgánica 1/2025, cuya aplicación está generando inseguridad jurídica y desprotección de niños, niñas y adolescentes.

En dicha carta, la presidenta de AEAFA, Lola López-Muelas solicitaba de forma clara “con carácter urgente, la suspensión inmediata de la aplicación de la citada ley orgánica, sino a todos los procedimientos de familia, cuando menos, a aquellos procesos del ámbito del Derecho de Familia en los que se ventilan derechos e intereses de menores. Es un riesgo innecesario interponer un MASC antes de la demanda judicial en aspectos tan esenciales como la pensión de alimentos, el régimen de custodia y visitas y uso del domicilio familiar”.

Muelas subrayaba el papel negociador de los abogados de Familia en muchos asuntos, “por eso, obligar a las partes a un proceso de mediación o negociación previo antes de poder garantizar sus derechos más básicos, como la alimentación o el contacto con ambos progenitores, no solo dilata innecesariamente la resolución de situaciones de alta conflictividad y vulnerabilidad, exponiendo a los menores a una incertidumbre perjudicial para su desarrollo integral, sino que además la experiencia demuestra que la demora de una pronta respuesta judicial aviva el conflicto”.

La presidenta de AEAFA describe “la deficitaria cuando no errónea y contradictoria regulación de los artículos 4 y 5 y ss. de la Ley 1/2025, que se está generando un caos y una notable inseguridad jurídica debido a la gran disparidad de criterios que se están adoptando tanto por los diferentes juzgados de Primera Instancia de los diferentes partidos judiciales, como por los Letrados de la Administración de Justicia (LAJs) o, incluso, por los presidentes de las Audiencias Provinciales”.

De esta forma “esta falta de uniformidad en la interpretación y aplicación de la norma está generando un trato desigual a los ciudadanos y una enorme confusión entre la ciudadanía, afectando negativamente a los derechos de los menores en todo el territorio nacional”.

Como ejemplos, la carta recogía varios casos, entre los que destacamos dos de ellos. El primero indica que “en algunos criterios se indica que no es necesario acreditar haber intentado un MASC previo antes de solicitar unas medidas provisionales previas a la demanda de separación/divorcio o a la demanda de medidas definitivas de guarda y custodia y alimentos de hijos de parejas no casadas. A esta conclusión llegan los presidentes de las Audiencias Provinciales en las XXIII Jornadas de presidentes de Audiencias Provinciales, y la Junta de Jueces de Logroño”.

En otros casos, se apuesta por su exigencia, “pronunciándose en este sentido la Junta de Jueces de Arrecife. Por último, otras Juntas de Jueces se hace, pero con matices, considerando que no será necesario exclusivamente en el supuesto de que deban resolverse cuestiones urgentes, como hace la Junta de Barcelona, y el fórum de Letrados de la Administración de Justicia de Barcelona, el Colegio Nacional de LAJs”.

Junta directiva de la Asociación Española de Abogados de Familia, con Lola López Muelas, segunda por la izda., quien ha pedido por carta al ministro Bolaños que frene la Ley 1/2025. (Imagen: AEAFA)

Otro asunto polémico tiene que ver con “que en algunos criterios se indica que no es necesario acreditar haber intentado un MASC previo después del auto de medidas provisionales previas y antes de solicitar una demanda de divorcio como hace la reunión de Letrados de la Administración de Justicia de Madrid, y en otros se apunta que sí lo es y que habría que solicitar una suspensión del plazo de 30 días para su intento como hace la reunión de Letrados de la Administración de Justicia de Barcelona”.

Desde AEAFA hay cierta sorpresa porque han pasado dos meses y no ha habido ningún acuse de recibo por parte del ministro de Justicia. En dicha carta se le pedía una reunión a celebrar a la mayor brevedad posible con representantes de este Ministerio para poder exponer detalladamente estas preocupaciones y buscar soluciones, pero por el momento no ha habido respuesta.

El ICAM también está preocupado

La siguiente entidad que ha movido ficha ha sido el ICAM, que ante los efectos negativos que la aplicación de la nueva Ley de Eficiencia de la Justicia está provocando en el ámbito del Derecho de Familia en los casos que afectan a menores, el Colegio de la Abogacía de Madrid ha solicitado al Congreso de los Diputados la suspensión inmediata de la Ley Orgánica 1/2025 en todos aquellos procedimientos en los que se ventilen derechos e intereses de niños, niñas y adolescentes.

Con ese fin, el decano Eugenio Ribón y la vicedecana Isabel Winkels han registrado una proposición no de ley (PNL) que insta al Gobierno a paralizar de forma urgente la aplicación de esta norma en los procedimientos de Familia, al considerar que su diseño actual está resultando lesivo para los derechos fundamentales de los menores.

Según ha podido saber E&J, la propuesta del ICAM denuncia que la imposición obligatoria de los MASC está generando retrasos injustificados; inseguridad jurídica; aumento de la litigiosidad; y, en muchos casos, una situación de desprotección flagrante para niños, niñas y adolescentes implicados en procesos de especial sensibilidad, como la fijación de custodia, pensiones de alimentos o regímenes de visitas.

Junto al registro de la iniciativa parlamentaria, los representantes de la abogacía madrileña se han dirigido por carta a los portavoces de los grupos parlamentarios para trasladarles su “honda preocupación por las consecuencias que ya está generando la aplicación de la Ley Orgánica 1/2025”, y solicitar que asuman y promuevan esta proposición.

La misiva, firmada por la Junta de Gobierno del ICAM, advierte del riesgo de cronificación de los conflictos, de la disparidad de criterios interpretativos entre juzgados y de la afectación desigual a la ciudadanía, e insta a proceder a una revisión normativa que garantice la protección efectiva de los más vulnerables.

Eugenio Ribón e Isabel Winkels a la salida del Congreso tras presentar su proposición no de ley. (Imagen: ICAM)

“Los procedimientos de Familia son absolutamente específicos, tienen una tramitación radicalmente distinta a cualquier procedimiento ordinario. Son procedimientos especiales que no se pueden trocear. Tienen que tener una continuidad y una atención específica”, ha subrayado Isabel Winkels tras el registro de la iniciativa.

La vicedecana del ICAM ha continuado exigiendo que “tiene que haber una atención específica por parte de la oficina del tramitador, para que lleve al juzgado a un juez que tiene que ver tanto las medidas provisionales como el fondo del asunto en una unidad de acto, con pruebas psicosociales y forenses que requieren continuidad”.

Muchas deficiencias técnicas

A las puertas del Congreso, Winkels ha remarcado que el diseño actual del procedimiento ignora por completo la realidad dinámica y cambiante de las crisis familiares, que exige respuestas judiciales ágiles y ajustadas a cada caso: “Por supuesto que estamos conformes con la eficiencia, pero la eficiencia en este caso, tal y como está proyectada, no es aplicable a procedimientos con esta movilidad”.

Por eso, la vicedecana sostiene: “Solicitamos que se suspenda la aplicación de la Ley a los procedimientos específicos de Derecho de Familia y que se replantee el procedimiento, de manera que se proteja de verdad el interés superior del menor. Un interés que se nos llena la boca al proclamar, pero que en la práctica está siendo claramente vulnerado”.

La proposición no de ley señala también las deficiencias técnicas y omisiones normativas detectadas en la ley, entre ellas la falta de adecuación de los procesos especiales regulados en el Libro IV de la Ley de Enjuiciamiento Civil, así como los problemas derivados de la imposición del sistema MASC en procedimientos en los que una de las partes está domiciliada en el extranjero, lo que puede derivar en la pérdida de competencia de los tribunales españoles.

La iniciativa del ICAM no se limita a pedir la paralización de la norma, plantea también la necesidad de una revisión normativa integral que permita corregir las disfunciones detectadas y dotar al sistema de mecanismos realmente eficaces, respetuosos con la urgencia y la sensibilidad de estos procesos.

“La gravedad y urgencia de la situación exige una respuesta institucional inmediata, orientada a garantizar la protección efectiva de los más vulnerables y a dotar a la Administración de Justicia de los mecanismos adecuados en un ámbito tan sensible como este”, concluye el decano del ICAM, Eugenio Ribón.

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